Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-1786)
BOP-2025-1786 Convocatoria para la constitución de una Bolsa de trabajo temporal de Ingeniero/a Civil.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
6.8.- Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos /as como excluidos /as, se
ordenarán alfabéticamente atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real
Academia Española.
SÉPTIMA. Tribunal de Selección.
7.1. El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida
en el art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que
se determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la
Función Pública de Extremadura, quedando formados por los titulares que a continuación se
indican y sus correspondientes suplentes:
Un/a Presidente/a: Un/a empleado/a público/a que será funcionario/a de carrera o
personal laboral fijo, de igual o mayor grupo de clasificación profesional.
Tres Vocales: Tres empleados/as públicos/as, que serán funcionarios/as de carrera o
personal laboral fijo, de igual o mayor grupo de clasificación profesional. Una vocalía será
ocupada por un/a representante de la Junta de Extremadura y las dos vocalías restantes serán
ocupadas por empleados/as municipales, o empleados públicos designados por la Alcaldía.
Un/a Secretario /a: Será funcionario/a de carrera del Servicio de Secretaria.
Se deberá designar igual número de suplentes. En la designación de los/as miembros
del Tribunal Calificador se deberán respetar los principios de imparcialidad y de
profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
7.2.- Todos/as los/as miembros del Tribunal Calificador (titulares y suplentes),
habrán de ser funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo y poseer un nivel de titulación
igual o superior al exigido para el acceso a la plaza convocada.
7.3.- Exceptuando la confección de las pruebas técnicas, a las deliberaciones del
Tribunal Calificador podrá asistir como observador/a un/a representante por cada
organización sindical con representación en la Mesa General de Negociación de
Empleados/as Públicos/as del Excmo. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, así como de
los grupos políticos que conforman la Corporación municipal.
7.4.- Los/as miembros del Tribunal Calificador están sujetos a los supuestos de
abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, no pudiendo ser nombrados miembros,
colaboradores o asesores del Tribunal Calificador quienes hubieren realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas para acceso a la función pública en los últimos
cinco años.
7.5.- El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del
Presidente /a y Secretario/a o, en su caso, de quienes los/as suplan, y la de la mitad, al menos,
del resto de sus miembros. En ausencia del Presidente /a, será sustituido/a por el/la Vocal
Plaza de España, 1 ■ Teléfonos: 927 53 01 00 – 927 53 01 04 – 927 53 08 04 ■ Fax: 927 53 53 60 ■ 10300 NAVALMORAL DE LA MATA ( Cáceres)
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Viernes, 11 de abril de 2025
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6.8.- Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos /as como excluidos /as, se
ordenarán alfabéticamente atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real
Academia Española.
SÉPTIMA. Tribunal de Selección.
7.1. El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida
en el art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que
se determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la
Función Pública de Extremadura, quedando formados por los titulares que a continuación se
indican y sus correspondientes suplentes:
Un/a Presidente/a: Un/a empleado/a público/a que será funcionario/a de carrera o
personal laboral fijo, de igual o mayor grupo de clasificación profesional.
Tres Vocales: Tres empleados/as públicos/as, que serán funcionarios/as de carrera o
personal laboral fijo, de igual o mayor grupo de clasificación profesional. Una vocalía será
ocupada por un/a representante de la Junta de Extremadura y las dos vocalías restantes serán
ocupadas por empleados/as municipales, o empleados públicos designados por la Alcaldía.
Un/a Secretario /a: Será funcionario/a de carrera del Servicio de Secretaria.
Se deberá designar igual número de suplentes. En la designación de los/as miembros
del Tribunal Calificador se deberán respetar los principios de imparcialidad y de
profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
7.2.- Todos/as los/as miembros del Tribunal Calificador (titulares y suplentes),
habrán de ser funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo y poseer un nivel de titulación
igual o superior al exigido para el acceso a la plaza convocada.
7.3.- Exceptuando la confección de las pruebas técnicas, a las deliberaciones del
Tribunal Calificador podrá asistir como observador/a un/a representante por cada
organización sindical con representación en la Mesa General de Negociación de
Empleados/as Públicos/as del Excmo. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, así como de
los grupos políticos que conforman la Corporación municipal.
7.4.- Los/as miembros del Tribunal Calificador están sujetos a los supuestos de
abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, no pudiendo ser nombrados miembros,
colaboradores o asesores del Tribunal Calificador quienes hubieren realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas para acceso a la función pública en los últimos
cinco años.
7.5.- El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del
Presidente /a y Secretario/a o, en su caso, de quienes los/as suplan, y la de la mitad, al menos,
del resto de sus miembros. En ausencia del Presidente /a, será sustituido/a por el/la Vocal
Plaza de España, 1 ■ Teléfonos: 927 53 01 00 – 927 53 01 04 – 927 53 08 04 ■ Fax: 927 53 53 60 ■ 10300 NAVALMORAL DE LA MATA ( Cáceres)
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