Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2025-1751)
BOP-2025-1751 Convocatoria de proceso selectivo para la cobertura dos plazas de Agente de Policía Local, por oposición libre.
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Firmado por: ANTONIO DIAZ ALIAS - Alcalde Presidente Fecha: 26-03-2025 13:33:26
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Comprobación CSV: https://miajadas.eadministracion.es/home/validador/EA1B6277BEB3E052E3EE84F9D22164A2
Fecha de sellado electrónico: 26-03-2025 13:33:28 Fecha de emisión de esta copia: 04-04-2025 11:32:09
Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
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velocidad, resistencia y coordinación. Consistirá en la superación de las pruebas que se
detallan en el anexo I de esta convocatoria. Para la realización de estas pruebas será
indispensable presentar previamente el certificado médico de la Base II, apartado h).
2. Prueba teórica: a desarrollar por escrito, tipo test de respuestas múltiples, que consistirá en
contestar, en un tiempo máximo de sesenta minutos, cincuenta preguntas con cuatro
respuestas alternativas, de las cuales solo una podrá ser correcta. Se añadirán cinco preguntas
de reserva a efecto de sustitución de las que pudieran contener errores. Las preguntas versarán
sobre el contenido del programa incluido en el Anexo II de esta convocatoria.
3. Prueba práctica: que consistirá en resolver por escrito, en un máximo de noventa minutos, dos
supuestos prácticos que versarán sobre materias policiales relacionadas con el contenido del
programa incluido en el Anexo II de esta convocatoria. En base a los hechos relatados en los
supuestos, los aspirantes deberán resolver los mismos desarrollando y respondiendo
debidamente, como mínimo, a las cuestiones concretas que le san planteadas por el Tribunal
Calificador. El Tribunal Calificador establecerá los criterios objetivos de valoración de cada uno
de los supuestos prácticos.
4. Prueba psicotécnica: dirigida a determinar la aptitud psicológica y adecuación al perfil
profesional de estos puestos de trabajo, que se desarrollarán conforme al anexo III de esta
convocatoria.
La calificación de este apartado (4), será APTO o NO APTO, suponiendo en el supuesto de no apto
la exclusión del opositor.
Reconocimiento médico, con sujeción a un cuadro que garantizará la idoneidad física del opositor para
la función policial a desempeñar, conforme al anexo V de esta convocatoria. El reconocimiento médico
será calificado como APTO o NO APTO, suponiendo en el supuesto de no apto la exclusión del opositor.
No obstante, la prueba de reconocimiento médico solo será realizada por las personas aspirantes que
hayan de ser propuestas para su nombramiento como funcionario en prácticas.
El Tribunal fijará el calendario de realización de pruebas, debiendo tener en cuenta que entre la finalización
de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 48 horas y máximo de
15 días naturales.
Curso Selectivo impartido por la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, con una duración mínima
de cuatro meses presenciales, y un período de prácticas que tendrá una duración de un mes, en Miajadas.
OCTAVO. Calificación de las Pruebas.
Todas las pruebas serán obligatorias para la totalidad de aspirantes y tendrán carácter eliminatorio, siendo
necesario para realizar una prueba haber superado la anterior.
Las pruebas físicas serán calificadas por el tribunal como apto o no apto suponiendo en el caso de no apto,
la exclusión del opositor del proceso selectivo.
La prueba teórica se calificará a razón de 0,20 puntos por cada pregunta respondida totalmente correcta,
restándose 0,10 puntos por cada pregunta mal respondida (incorrecta), no puntuándose las preguntas no
contestadas. La prueba se calificará con una puntuación total de 0 a 10 puntos. Será necesario obtener
un mínimo de 5 puntos para superar la prueba. En la prueba de conocimiento, tipo test, se valorarán las
primeras cincuenta preguntas, quedando en reserva las comprendidas entre la cincuenta y una y la
cincuenta y cinco, para el supuesto de que el Tribunal anulara alguna pregunta, por entenderla mal
formulada o no ajustada al temario, tanto de oficio como consecuencia de reclamación.
La prueba práctica se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para
superarla. Cada supuesto será calificado de 0 a 10 puntos. La determinación de la calificación se adoptará
sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal con derecho a voto y
dividiendo el total por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva,
eliminándose, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas exista una
diferencia igual o superior a 2 puntos. Será preciso obtener en cada uno de los supuestos a realiza una
puntuación mínima de 5 puntos sobre 10, para considerar superada la prueba. La puntuación total
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CVE:
BOP-2025-1751
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Jueves, 10 de abril de 2025
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