Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Gata. (BOP-2025-1748)
BOP-2025-1748 Aprobación definitiva del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Gata para los ejercicios 2025 - 2027.
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Ayuntamiento de Gata
 Modificar o actualizar las líneas de subvención que pudieran haber perdido su vigencia, o que
no sean eficaces para el cumplimiento de los objetivos.
 Actualizar los importes de aquellas que se mantengan.
 Incluir nuevas líneas de actuación que se consideren necesarias para la consecución de los
objetivos previamente establecidos.
A tales efectos, para cada línea de subvención deberán determinarse los indicadores de cumplimiento
de sus objetivos.
Al objeto de dar cumplimiento a la obligación de suministrar información a la Base de Datos Nacional
de Subvenciones impuesta, por el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el departamento que se designe dictará las instrucciones oportunas con el fin de
establecer el procedimiento mediante el cual los centros gestores de las subvenciones remitan la
información a dicho departamento.
ARTÍCULO 17. CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS SUBVENCIONES.
El sistema de control y seguimiento de las subvenciones, que incluirá la evaluación sobre el
cumplimiento de los objetivos y resultados alcanzados, se realizará por el órgano gestor, de la siguiente
forma. El órgano gestor de la subvención informará:
1- Previamente a la concesión de la subvención acerca de si el beneficiario reúne los
requisitos exigidos tal y como determina la LGS.
2- Posteriormente a la concesión de la subvención y una vez justificada la misma sobre:
a) Si la justificación del destino de la subvención contiene los requisitos que
exige la normativa, esto es:
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la
concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados
obtenidos.
- Justificación de la totalidad de los gastos para los que se concedió la subvención, con los
documentos exigidos por la normativa: facturas, nóminas, seguros sociales, etc…,
originales o copias compulsadas, acreditándose el pago de las mismas. O relación
clasificada de los gastos detallados, según se exiga en las bases de la convocatoria o
convenio.
- Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación del importe y procedencia.
Ayuntamiento de Gata
Plza. de la Constitución, 1, Gata. 10860 (Cáceres). Tfno. 927672054. Fax: 927672144
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5DZFTR3NX97YK7MTWNMCT9KCG
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Jueves, 10 de abril de 2025
N.º 0070
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