Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Gata. (BOP-2025-1748)
BOP-2025-1748 Aprobación definitiva del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Gata para los ejercicios 2025 - 2027.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Gata
Con carácter general, el plazo de desarrollo de las subvenciones será el que se establezca en las bases
de la convocatoria, en el acuerdo de concesión, en su caso, en el correspondiente convenio, o en el
documento que proceda.
ARTÍCULO 12. COSTES PREVISIBLES.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan Estratégico requerirá la
inclusión de los créditos correspondientes en el presupuesto municipal de cada año y la aprobación, en
su caso, de las bases que rijan la convocatoria de subvenciones, o el acuerdo que apruebe la concesión
directa. Toda concesión de subvención queda supeditada al cumplimiento del principio de estabilidad
presupuestaria y de la regla de gasto.
Los costes en cada caso se limitan a la cantidad que anualmente se fije en el presupuesto.
En todo caso, los créditos tienen carácter limitativo y vinculante, por lo que no podrán adquirirse
compromisos de gasto superiores a su importe.
ARTÍCULO 13. FINANCIACIÓN.
Las Subvenciones a que hace referencia este Plan Estratégico se financian con crédito del presupuesto
del Ayuntamiento, consignado para cada anualidad, en las aplicaciones presupuestarias que se
especifican para cada caso en la convocatoria.
ARTÍCULO 14. CONTENIDO DEL PLAN.
Las líneas de subvenciones del Ayuntamiento de Gata se recogen en el anexo denominado “Anexo al
Plan Estratégico de Subvenciones.”.
ARTÍCULO 15. MODIFICACIONES DEL PLAN.
La concesión de subvenciones no recogidas en el Plan Estratégico de Subvenciones está condicionada
a la modificación previa del mismo.
La introducción de nuevas líneas de subvención en el Plan o la modificación de líneas ya incluidas,
también estarán condicionadas a la modificación previa o simultánea del referido Plan.
ARTÍCULO 16. SEGUIMIENTO DEL PLAN.
Este Plan Estratégico debe ser revisado al objeto de:
Ayuntamiento de Gata
Plza. de la Constitución, 1, Gata. 10860 (Cáceres). Tfno. 927672054. Fax: 927672144
Cód.
Validación:
5DZFTR3NX97YK7MTWNMCT9KCG
Verificación:
https://gata.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
7
de
12
CVE:
BOP-2025-1748
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 10 de abril de 2025
N.º 0070
Pág. 8275