Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Sierra de Fuentes. (BOP-2025-1621)
BOP-2025-1621 Acuerdo regulador para el establecimiento y ordenación de los precios públicos sobre la Prestación del Servicio de Excursiones, Viajes y Visitas.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Sierra de Fuentes
ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE EXCURSIONES,
VIAJES Y VISITAS TURÍSTICAS GUIADAS O SIMILAR
aconsejen, la entidad podrá fijar precios públicos por debajo del límite previsto en el apartado anterior. En estos casos deberán
consignarse en los presupuestos de la entidad las dotaciones oportunas para la cobertura de la diferencia resultante si la hubiera.
La cuantía de los precios públicos establecidos en este Acuerdo serán los fijados en los importes
contenidos en el apartado siguiente y en funcion del trayecto del viaje:
TRAMO PRECIO PÚBLICO (por persona)
1 de 1 euro a 10 euros
2 de 11 euros a 20 euros
3 de 21 euros a 30 euros
4 de 31 euros a 40 euros
5 de 41 euros a 50 euros.
En el caso de que hubiera espectáculo, visita o similar se abonará el importe que suponga la
entrada, en cuyo caso, la tarifa del precio público será la resultante de sumar ambas cantidades (la
cantidad del trayecto más la cantidad del espectáculo, visita o similar)
El Ayuntamiento podrá suspender cualquier excursión, viaje, visita turística o similar, en caso de no
cubrirse el 70% de las plazas ofertadas.
ARTÍCULO 6. Exenciones y Bonificaciones
Quedan establecidas las siguientes bonificaciones al pago de este precio público:
- El personal del ayuntamiento que acompañe en la excursión o viaje (monitor cultural, deportivo,
socorrista o similar) el 100% en el precio aplicable
- El concejal o delegado/a responsable de la excursión, viaje y visitas turística guiadas o similar el
100% en el precio aplicable.
Ayuntamiento de Sierra de Fuentes
PLAZA De España 1, SIERRA DE FUENTES. 10181 (Cáceres). Tfno. 927200001. Fax: 927201090 Página 3 de 5
Cód.
Validación:
FPJTY6QDZRANXC23ZYK74E6MW
Verificación:
https://sierradefuentes.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
3
de
5
CVE:
BOP-2025-1621
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de abril de 2025
N.º 0066
Pág. 7576
ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE EXCURSIONES,
VIAJES Y VISITAS TURÍSTICAS GUIADAS O SIMILAR
aconsejen, la entidad podrá fijar precios públicos por debajo del límite previsto en el apartado anterior. En estos casos deberán
consignarse en los presupuestos de la entidad las dotaciones oportunas para la cobertura de la diferencia resultante si la hubiera.
La cuantía de los precios públicos establecidos en este Acuerdo serán los fijados en los importes
contenidos en el apartado siguiente y en funcion del trayecto del viaje:
TRAMO PRECIO PÚBLICO (por persona)
1 de 1 euro a 10 euros
2 de 11 euros a 20 euros
3 de 21 euros a 30 euros
4 de 31 euros a 40 euros
5 de 41 euros a 50 euros.
En el caso de que hubiera espectáculo, visita o similar se abonará el importe que suponga la
entrada, en cuyo caso, la tarifa del precio público será la resultante de sumar ambas cantidades (la
cantidad del trayecto más la cantidad del espectáculo, visita o similar)
El Ayuntamiento podrá suspender cualquier excursión, viaje, visita turística o similar, en caso de no
cubrirse el 70% de las plazas ofertadas.
ARTÍCULO 6. Exenciones y Bonificaciones
Quedan establecidas las siguientes bonificaciones al pago de este precio público:
- El personal del ayuntamiento que acompañe en la excursión o viaje (monitor cultural, deportivo,
socorrista o similar) el 100% en el precio aplicable
- El concejal o delegado/a responsable de la excursión, viaje y visitas turística guiadas o similar el
100% en el precio aplicable.
Ayuntamiento de Sierra de Fuentes
PLAZA De España 1, SIERRA DE FUENTES. 10181 (Cáceres). Tfno. 927200001. Fax: 927201090 Página 3 de 5
Cód.
Validación:
FPJTY6QDZRANXC23ZYK74E6MW
Verificación:
https://sierradefuentes.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
3
de
5
CVE:
BOP-2025-1621
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de abril de 2025
N.º 0066
Pág. 7576