Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Sierra de Fuentes. (BOP-2025-1621)
BOP-2025-1621 Acuerdo regulador para el establecimiento y ordenación de los precios públicos sobre la Prestación del Servicio de Excursiones, Viajes y Visitas.
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Ayuntamiento de Sierra de Fuentes
ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE EXCURSIONES,
VIAJES Y VISITAS TURÍSTICAS GUIADAS O SIMILAR
Expediente nº: 79/2025
Acuerdo Regulador del Precio Público por la Prestación del Servicio de Excursiones, Viajes y Visitas
Turísticas Guiadas o similar
Procedimiento: Acuerdo Regulador
Documento firmado por: El Alcalde
ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
EXCURSIONES, VIAJES Y VISITAS TURÍSTICAS GUIADAS O SIMILAR
ARTÍCULO 1. Fundamento y Objeto
Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 41 a 47 y 127 del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
establece el precio público por prestación del servicio de excursiones, viajes y visitas turísticas guiadas o similar,
especificadas en las cuantías contenidas en el presente Acuerdo.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible
El hecho imponible está constituido por la prestación del servicio de excursiones, viajes y visitas turísticas
guiadas o similar.
ARTÍCULO 3. Obligados al Pago
Están obligados al pago de los precios públicos regulados en el presente Acuerdo, quienes participen en
las actividades organizadas desde el Programa de excursiones, viajes y visitas turísticas guiadas o similar, a cuyo
nombre se realice la inscripción.
ARTÍCULO 4. Responsables
En relación con la responsabilidad solidaria y subsidiaria del precio público, se estará a lo establecido en
los artículos 41, 42 y 43, respectivamente, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
ARTÍCULO 5. Cuantía
En virtud del artículo 44 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el importe de los precios públicos deberá cubrir como mínimo el coste del servicio
prestado o de la actividad realizada. Cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo
Ayuntamiento de Sierra de Fuentes
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Cód.
Validación:
FPJTY6QDZRANXC23ZYK74E6MW
Verificación:
https://sierradefuentes.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
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esPublico
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BOP-2025-1621
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de abril de 2025
N.º 0066
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