Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2025-1554)
BOP-2025-1554 Aprobación defintiva del Reglamento de Régimen Interno Programa de Formación y Empleo ESCALA "MIAJADAS VERDE" (Escuela de Aprendizaje Laboral).
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
Página 13 de 15
- No mantener el secreto profesional y la confidencialidad respecto a la información recibida en el Programa
ESCALA “Miajadas Verde”.
1.b. Sanciones:
- Suspensión de empleo y sueldo durante 3 días, mediante comunicación escrita de las causas que lo
motivan
- Por la tercera falta grave, que tendrá consideración de muy grave, reunión del Equipo Técnico del
programa y traslado al Excmo. Ayuntamiento que propondrá la expulsión definitiva del Programa
ESCALA “Miajadas Verde” al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Miajadas para que proceda en
consecuencia.
Todo destrozo o desperfecto deberá ser pagado obligatoriamente y nunca detrayéndose de sus retribuciones
mensuales por el responsable del mismo y si la responsabilidad del daño fuera de todos o algunos de los alumnos de la
especialidad será repuesto de igual manera.
(Las faltas leves prescribirán a los dos meses y las graves a los seis meses a partir de la fecha en que la dirección
del programa ESCALA “Miajadas Verde” tuviera conocimiento de su comisión).
c. Tendrán la consideración de FALTA MUY GRAVE:
- Atacar a la integridad física o moral de los compañeros/as, equipo técnico o personal de la entidad promotora, y
en general, mantener conductas antisociales y/o violentas dentro y fuera del centro durante la jornada laboral.
- El maltrato verbal o físico o la falta grave de respeto y consideración, así como mantener conductas antisociales
o violentas en horario de trabajo y hacia cualquier persona con la que se tenga relación con motivo laboral.
- Cualquier conducta constitutiva de delito o falta penal producida en el desempeño de sus funciones o en el centro
de trabajo.
- La simulación de enfermedad o accidente que den lugar a incapacidad laboral o baja por tiempo superior a tres
días.
- El fraude, la transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo
o en las gestiones encomendadas.
- El fraude, deslealtad o abuso de confianza, así como la apropiación, hurto o robo de bienes propiedad del
programa de compañeros/as o de cualesquiera otras personas dentro de las dependencias del centro de trabajo
o donde se estuviera trabajando.
- El destrozo intencionado de instalaciones, mobiliario, maquinaria, herramientas y materiales.
- La reiterada no utilización de los elementos de protección en materia de seguridad y salud en el trabajo,
debidamente advertida.
- La embriaguez o toxicomanía en el trabajo cuando impliquen riesgo de accidentes o de lesiones de cualquier tipo
para el propio trabajador o cualquier otra persona ajena o no al programa, o cuando exista reincidencia.
- La comisión de una tercera falta grave por el alumnado-trabajador que previamente haya sido sancionado por la
comisión de dos faltas graves, aun de distinta naturaleza, dentro del periodo de seis meses.
- No abonar los destrozos o desperfectos causados, en el periodo de un mes.
- Cualquier otro que por su reiteración, intensidad, intencionalidad o gravedad puedan ser calificados como tal.
1.c. Sanciones:
- Por la primera falta muy grave, reunión del Equipo Técnico del programa y traslado al Excmo.
Ayuntamiento de Miajadas que propondrá la expulsión definitiva del Programa ESCALA “Miajadas Verde”
al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Miajadas para que proceda en consecuencia.
2. Las faltas muy graves no prescribirán.
En el caso de que un alumna/o-trabajador incurra en tres faltas de asistencia no justificadas en un mes, o nueve faltas de
asistencia no justificadas durante seis meses, se iniciará directamente el procedimiento de expulsión y baja definitiva del
Programa de Formación y Empelo ESCALA “Miajadas Verde”, independientemente de que no tenga acumuladas otras
infracciones.
3. SANCIONES: Consideraciones.
CVE:
BOP-2025-1554
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de abril de 2025
N.º 0065
Pág. 7400
Página 13 de 15
- No mantener el secreto profesional y la confidencialidad respecto a la información recibida en el Programa
ESCALA “Miajadas Verde”.
1.b. Sanciones:
- Suspensión de empleo y sueldo durante 3 días, mediante comunicación escrita de las causas que lo
motivan
- Por la tercera falta grave, que tendrá consideración de muy grave, reunión del Equipo Técnico del
programa y traslado al Excmo. Ayuntamiento que propondrá la expulsión definitiva del Programa
ESCALA “Miajadas Verde” al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Miajadas para que proceda en
consecuencia.
Todo destrozo o desperfecto deberá ser pagado obligatoriamente y nunca detrayéndose de sus retribuciones
mensuales por el responsable del mismo y si la responsabilidad del daño fuera de todos o algunos de los alumnos de la
especialidad será repuesto de igual manera.
(Las faltas leves prescribirán a los dos meses y las graves a los seis meses a partir de la fecha en que la dirección
del programa ESCALA “Miajadas Verde” tuviera conocimiento de su comisión).
c. Tendrán la consideración de FALTA MUY GRAVE:
- Atacar a la integridad física o moral de los compañeros/as, equipo técnico o personal de la entidad promotora, y
en general, mantener conductas antisociales y/o violentas dentro y fuera del centro durante la jornada laboral.
- El maltrato verbal o físico o la falta grave de respeto y consideración, así como mantener conductas antisociales
o violentas en horario de trabajo y hacia cualquier persona con la que se tenga relación con motivo laboral.
- Cualquier conducta constitutiva de delito o falta penal producida en el desempeño de sus funciones o en el centro
de trabajo.
- La simulación de enfermedad o accidente que den lugar a incapacidad laboral o baja por tiempo superior a tres
días.
- El fraude, la transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo
o en las gestiones encomendadas.
- El fraude, deslealtad o abuso de confianza, así como la apropiación, hurto o robo de bienes propiedad del
programa de compañeros/as o de cualesquiera otras personas dentro de las dependencias del centro de trabajo
o donde se estuviera trabajando.
- El destrozo intencionado de instalaciones, mobiliario, maquinaria, herramientas y materiales.
- La reiterada no utilización de los elementos de protección en materia de seguridad y salud en el trabajo,
debidamente advertida.
- La embriaguez o toxicomanía en el trabajo cuando impliquen riesgo de accidentes o de lesiones de cualquier tipo
para el propio trabajador o cualquier otra persona ajena o no al programa, o cuando exista reincidencia.
- La comisión de una tercera falta grave por el alumnado-trabajador que previamente haya sido sancionado por la
comisión de dos faltas graves, aun de distinta naturaleza, dentro del periodo de seis meses.
- No abonar los destrozos o desperfectos causados, en el periodo de un mes.
- Cualquier otro que por su reiteración, intensidad, intencionalidad o gravedad puedan ser calificados como tal.
1.c. Sanciones:
- Por la primera falta muy grave, reunión del Equipo Técnico del programa y traslado al Excmo.
Ayuntamiento de Miajadas que propondrá la expulsión definitiva del Programa ESCALA “Miajadas Verde”
al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Miajadas para que proceda en consecuencia.
2. Las faltas muy graves no prescribirán.
En el caso de que un alumna/o-trabajador incurra en tres faltas de asistencia no justificadas en un mes, o nueve faltas de
asistencia no justificadas durante seis meses, se iniciará directamente el procedimiento de expulsión y baja definitiva del
Programa de Formación y Empelo ESCALA “Miajadas Verde”, independientemente de que no tenga acumuladas otras
infracciones.
3. SANCIONES: Consideraciones.
CVE:
BOP-2025-1554
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de abril de 2025
N.º 0065
Pág. 7400