Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-1538)
BOP-2025-1538 Convenio de Delegación de Competencia en materia de Disciplina Urbanística para Municipios de menos de veinte mil habitantes.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
Los procedimientos en materia de las competencias delegadas que se hallaren en trámite a la
firma y entrada en vigor del presente Convenio, y que hubieran sido iniciados con posterioridad
al 30 de junio de 2024, se tramitarán y resolverán por la Diputación Provincial de Cáceres
cuando así sea solicitado por el Excmo. Ayuntamiento y expresamente aceptado por la
Diputación Provincial de Cáceres, previa comprobación y valoración de las circunstancias
concurrentes en el procedimiento concreto.
Igualmente, en los procedimientos que se encontraran en trámite a la firma del presente
convenio la Diputación Provincial de Cáceres llevará a cabo la medida de reposición de la
realidad física alterada dictada en procedimientos municipales por infracciones urbanísticas,
cuando así sea solicitado por el Excmo. Ayuntamiento y expresamente aceptado por la
Diputación Provincial de Cáceres, previa comprobación y valoración de las circunstancias
concurrentes en el procedimiento concreto.
Por último, se delegan a favor de la Diputación Provincial de Cáceres las competencias para la
resolución de los recursos administrativos que puedan interponerse en el ejercicio de las
competencias delegadas en cuanto es contenido, de forma expresa, del acuerdo municipal de
delegación de competencias en materia de disciplina urbanística.
Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta
circunstancia y se considerarán, a todos los efectos, dictadas por el órgano delegante.
Para llevar a cabo el objeto del presente Convenio, las partes firmantes se comprometen a lo
siguiente:
1.- Ejercicio de las competencias delegadas.
La Diputación Provincial de Cáceres asume, con sus medios técnicos y humanos, el ejercicio
de las competencias de inspección urbanística, en el ámbito de la disciplina urbanística,
protección de la legalidad y sancionadoras en materia de urbanismo delegadas que serán
llevadas a cabo en los términos expuestos anteriormente.
El Ayuntamiento se compromete a remitir, sin dilación alguna, aquellas solicitudes, denuncias,
actas, informes o resoluciones relacionados con el ejercicio de las competencias delegadas que
sean recibidos o emitidos por el Excmo. Ayuntamiento
Asimismo, la actuación de la diputación provincial, también se podrá iniciar mediante cualquier
denuncia, solicitud, informe o resolución que reciba directamente y que no se haya formulado
ante el municipio, siempre que esté debidamente motivada y argumentada. En este caso, la
diputación pondrá en conocimiento del ayuntamiento el inicio de los procedimientos
correspondientes.
El Ayuntamiento se compromete a prestar la asistencia activa que la Diputación Provincial de
Cáceres pudiera solicitar para el eficaz cumplimiento del ejercicio de las competencias
delegadas, así como a suministrar a la Diputación Provincial de Cáceres toda la normativa
urbanística municipal actualizada necesaria para ejercer las competencias delegadas.
Cualquier modificación de planeamiento o instrumento de gestión en vigor que se aborde será
comunicada a la diputación provincial.
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF206WC205JW7QZMBCM0I7EVK4ATH01P
DIPCC-PF206WC205JW7QZMBCM0I7EVK4ATH01P
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Este
documento
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Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
Firmantes:
L02000010
01/04/2025
12:20
6/10
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2025-1538
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de abril de 2025
N.º 0065
Pág. 7321
Asuntos Generales
Los procedimientos en materia de las competencias delegadas que se hallaren en trámite a la
firma y entrada en vigor del presente Convenio, y que hubieran sido iniciados con posterioridad
al 30 de junio de 2024, se tramitarán y resolverán por la Diputación Provincial de Cáceres
cuando así sea solicitado por el Excmo. Ayuntamiento y expresamente aceptado por la
Diputación Provincial de Cáceres, previa comprobación y valoración de las circunstancias
concurrentes en el procedimiento concreto.
Igualmente, en los procedimientos que se encontraran en trámite a la firma del presente
convenio la Diputación Provincial de Cáceres llevará a cabo la medida de reposición de la
realidad física alterada dictada en procedimientos municipales por infracciones urbanísticas,
cuando así sea solicitado por el Excmo. Ayuntamiento y expresamente aceptado por la
Diputación Provincial de Cáceres, previa comprobación y valoración de las circunstancias
concurrentes en el procedimiento concreto.
Por último, se delegan a favor de la Diputación Provincial de Cáceres las competencias para la
resolución de los recursos administrativos que puedan interponerse en el ejercicio de las
competencias delegadas en cuanto es contenido, de forma expresa, del acuerdo municipal de
delegación de competencias en materia de disciplina urbanística.
Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta
circunstancia y se considerarán, a todos los efectos, dictadas por el órgano delegante.
Para llevar a cabo el objeto del presente Convenio, las partes firmantes se comprometen a lo
siguiente:
1.- Ejercicio de las competencias delegadas.
La Diputación Provincial de Cáceres asume, con sus medios técnicos y humanos, el ejercicio
de las competencias de inspección urbanística, en el ámbito de la disciplina urbanística,
protección de la legalidad y sancionadoras en materia de urbanismo delegadas que serán
llevadas a cabo en los términos expuestos anteriormente.
El Ayuntamiento se compromete a remitir, sin dilación alguna, aquellas solicitudes, denuncias,
actas, informes o resoluciones relacionados con el ejercicio de las competencias delegadas que
sean recibidos o emitidos por el Excmo. Ayuntamiento
Asimismo, la actuación de la diputación provincial, también se podrá iniciar mediante cualquier
denuncia, solicitud, informe o resolución que reciba directamente y que no se haya formulado
ante el municipio, siempre que esté debidamente motivada y argumentada. En este caso, la
diputación pondrá en conocimiento del ayuntamiento el inicio de los procedimientos
correspondientes.
El Ayuntamiento se compromete a prestar la asistencia activa que la Diputación Provincial de
Cáceres pudiera solicitar para el eficaz cumplimiento del ejercicio de las competencias
delegadas, así como a suministrar a la Diputación Provincial de Cáceres toda la normativa
urbanística municipal actualizada necesaria para ejercer las competencias delegadas.
Cualquier modificación de planeamiento o instrumento de gestión en vigor que se aborde será
comunicada a la diputación provincial.
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Ley
39/2015,
de
1
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JOSE
ALVARO
CASAS
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Firmantes:
L02000010
01/04/2025
12:20
6/10
DIR3
Órgano:
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BOP-2025-1538
Verificable
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Jueves, 3 de abril de 2025
N.º 0065
Pág. 7321