Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2025-1500)
BOP-2025-1500 Bases para la contratación de un/a Monitor/a Sociocultural con cargo a la subvención plan activa cultura deportes 2025.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MADROÑERA (CÁCERES)
Plaza de Ramón y Cajal Nº 1, C.P. 10210 – Madroñera (Cáceres)
Tlfn.: 927 31 91 92 / Fax.: 927 31 91 16
 DNI o, en su caso, pasaporte.
 Justificante de demanda de empleo.
 Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las
administraciones públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
 Titulación académica exigida en la convocatoria. (bachiller y curso de monitor sociocultural o
animador sociocultural). (NO BAREMABLE).
 Cursos relacionados con el puesto (distintos al exigido en la convocatoria).
 Memoria de trabajo. La memoria de trabajo deberá presentarse sin nombre ni signo de identidad
alguno, introducida en un sobre en el que se aprobará, además, otro sobre cerrado con la identidad del
aspirante (fotocopia de dni) el cual será abierto una vez finalidad la fase de valoración de méritos. No
se admitirá ninguna memoria del trabajo que no cumpla con los requisitos establecidos.
TERCERO.- Admisión de personas aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de las solicitudes, por Alcaldía se dictará una resolución por la que
declara aprobada la lista de admitidos y excluidos y se señalará un plazo de tres días hábiles para subsanar,
en su caso, los efectos que hubiera motivado la exclusión u omisión.
Finalizado dicho plazo en el caso de que se hubiese producido modificaciones éstas se publicarán a través
de los mismos medios utilizados en las relaciones iniciales de admitidos y excluidos.
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión,
justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del
proceso selectivo. Por ello, Tendrás las personas aspirantes que comprueben no sólo que no figuran
recogidos en la relación de excluidos, sino que, además. Sus nombres figuran en la relación de admitidos.
La lista de personas aspirantes admitidas y excluidas incluirá al menos sus apellidos y nombre y conforme a
la normativa vigente en materia de protección de datos, así como en su caso, las causas de exclusión.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, por Alcaldía se dictará una resolución, por la que declara
aprobada la lista de admitidos y excluidos.
CUARTO.- Los aspirantes, que cumplan los requisitos de la convocatoria serán valorados conforme a los
siguientes baremos:
PRIMERA FASE: Valoración de méritos.
 FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO: Máximo 2 puntos.
Por haber realizado cursos de formación y perfeccionamiento directamente
relacionados con el puesto de trabajo (cursos, seminarios, congresos, talleres y/o
jornadas) donde figuren el número de horas que ha constado (homologados o
impartidos por Centros Oficial o Instituciones Públicas) se valorará 0,01 punto por
hora realizada de curso. En este apartado no se valorarán las certificaciones de
asignaturas o cursos que formen parte de una titulación académica reglada.
 MEMORIA DE TRABAJO: Máximo 4 puntos.
Se valorará:
- Las actividades propuestas, estando debidamente justificadas y temporalizadas.
- La memoria es original y es viable de realizar en el tiempo propuesto, con el
Cód.
Validación:
543656X2YMX5XNDENWCPQN2PJ
Verificación:
https://madronera.sedelectronica.es/
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Martes, 1 de abril de 2025
N.º 0063
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