Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-1478)
BOP-2025-1478 Bases que han de regir la Concesión de Subvenciones para Asociaciones de Mayores 2025.
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Cantidad a conceder =
Puntuación obtenida X crédito disponible destinado al plan
Suma de la puntación obtenida por todos los proyectos
2.- Asimismo se adoptaran en la asignación y valoración los siguientes criterios y
limitaciones:
a) No se financiarán proyectos que hayan obtenido una puntuación inferior a 50 puntos.
b) Se financiaran los proyectos con un límite del 100 % de su coste.
c) Cuando por aplicación de la formula proporcional descrita en el punto 1 y los limites
descritos en el punto 2.b resultara un remanente en el crédito asignado, podrá destinarse
para incrementar la cantidad asignada al resto de los proyectos hasta agotar el crédito
disponible.
3.- Los criterios de valoración de los proyectos serán:
A) Representatividad: Representará el veinte por ciento del importe total a conceder
(20%). Se computará el nº de socios de la asociación inscritos con anterioridad a 31 de
diciembre de 2024 y se asignará proporcionalmente con respecto al siguiente baremo:
- Menos de 100 socios/as: hasta 10 puntos
- Entre 100 y 200 socios/as: hasta 15puntos.
- Más de 200 socios: hasta 20 puntos.
“Nota aclaratoria: Cuando la asociación dependa de un Hogar de pensionistas, se
presentará relación de socios de la asociación actualizada, no del Hogar.”
B) Grado de interés o utilidad ciudadana de sus fines: Representará el ochenta por
ciento del importe total de la subvención a conceder (80%). Se valorará el proyecto de
actividades anuales con arreglo a los criterios previstos en la Ordenanza reguladora de
subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres y la cantidad y calidad de las acciones
a desarrollar. En particular se valorará según el siguiente baremo:
1.- Proyecto de actividades objeto de subvención (de 0 a 80 puntos) con las siguientes
variables:
1.1. Mantenimiento de la sede social en función de los gastos soportados en el
mantenimiento de la sede social. De 0 a 30 puntos
Se valorará que la asociación soporte los gastos de luz, agua, telefonía, sin aportación o
ayuda de instituciones o del Ayuntamiento. De 0 a 10 puntos
Se valorará que la sede social esté disponible durante todos los días de la semana para
realizar actividades. De 0 a 10 puntos
Se valorará el número de actividades que soporta la sede social en el año en curso. De 0 a
10 puntos
CVE:
BOP-2025-1478
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 31 de marzo de 2025
N.º 0062
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