Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2025-1442)
BOP-2025-1442 EXTRACTO Convocatoria Subvenciones asociaciones municipales 2025.
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a.
b.
c.
d.
Deberán someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente
requeridas por los órganos municipales, aportando cuanta información le sea solicitada en el
ejercicio de estas actuaciones y que estén relacionadas con la concesión de la subvención.
QUINTA: CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES.
La cuantía de las subvenciones que se otorguen se determinará atendiendo a las solicitudes
que se adjunten, valorando las mismas en función de su capacidad para cumplir los objetivos
de la convocatoria que se detallan en la cláusula primera, atendiendo a los siguientes criterios:
Interés general de las actividades que la Asociación ha venido realizando en los
últimos años.
Déficit de actividades análogas.
Prioridad para aquellas Asociaciones cuyas actividades, sin la subvención serían de
difícil puesta en funcionamiento.
Asociaciones que faciliten alternativas saludables de Ocio y Tiempo Libre.
Una vez analizadas las solicitudes, el Pleno, como órgano competente para resolver dictará
acuerdo motivado, que debe contener la relación de solicitantes a los que se concede la
subvención.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de
seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente
convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. El vencimiento
del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legítima a los interesados para entender
desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención. La
resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa.
Los actos administrativos que se dicten en relación con esta convocatoria, serán objeto de
publicación en el tablón de anuncios de la Corporación, notificándose directamente a los
interesados en la forma establecida en los artículos 42 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de
Octubre. También se publicarán en el tablón de anuncios la totalidad de las subvenciones
concedidas.
La normativa reguladora de la subvención determinará el régimen de compatibilidad o
incompatibilidad para la percepción de otras subvenciones para la misma finalidad, procedente
de cualquier otra Administración o ente público o privado sin perjuicio de lo dispuesto en el
apartado siguiente.
CVE:
BOP-2025-1442
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de marzo de 2025
N.º 0061
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