Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-1419)
BOP-2025-1419 Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones a clubes, asociaciones y entidades deportivas.
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RESOLUCIÓN. El órgano competente para la resolución de la Convocatoria es la
Vicepresidencia Primera de Territorio, Igualdad y Cultura de la Diputación Provincial de
Cáceres, por delegación de 5 de julio de 2023.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución final del procedimiento no podrá exceder
de seis meses, a contar a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria,
transcurrido el cual la solicitud de concesión de la subvención se entenderá desestimada por
silencio administrativo.
La Resolución contendrá las entidades solicitantes a las que se concede la subvención y la
desestimación expresa de las restantes solicitudes, así como una relación ordenada de todas
las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en
las bases reguladoras para adquirir la condición de beneficiaria, no hayan sido estimadas por
rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la
puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración previstos en
la misma.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso
contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interponer previamente el recurso
de reposición) ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, en
la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS. Todas las comunicaciones y notificaciones,
correspondientes a los actos administrativos que se dicten durante la tramitación del
procedimiento (resolución provisional de concesión, resolución definitiva, etc.), registradas a
través de la sede electrónica de la Diputación de Cáceres, se incorporarán a los expedientes
telemáticos y estarán disponibles a lo largo de toda la tramitación telemática en dicha sede.
Además, se pondrá a disposición de las entidades solicitantes un sistema complementario de
alertas por medio de correo electrónico.
La publicación de las resoluciones provisionales y definitivas, así como de las resoluciones de
concesión y sus posibles modificaciones ulteriores y de los demás actos del procedimiento, en
la sede electrónica de la Diputación de Cáceres surtirá todos los efectos de la notificación
practicada según lo dispuesto en el artículo 43.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común, en relación con los procedimientos de concurrencia
competitiva.
CVE:
BOP-2025-1419
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de marzo de 2025
N.º 0061
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