Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castañar de Ibor. (BOP-2025-1405)
BOP-2025-1405 Bases de Selección para la Constitución de una Bolsa de Trabajador/a Social para la agrupación de municipios Castañar de Ibor, Robledollano y Navalvillar de Ibor.
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Estar en posesión de la siguiente titulación: GRADO EN TRABAJO SOCIAL o
equivalente por planes educativos anteriores. En caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o
credencial que acredite su homologación.
Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes
funciones o tareas del puesto al que se aspira.
No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionarios/as, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso
del personal laboral, en que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en
los mismos términos, el acceso al empleo público.
No estar incluido/a en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas. Dicho requisito deberá acreditarse previamente a la
formalización del correspondiente contrato de trabajo.
Las personas aspirantes que deseen optar a la reserva de llamamientos para el
personal con discapacidad deberán tener reconocido por la Administración competente
un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debiéndose acreditar esta
circunstancia en el momento de presentación de la solicitud. De conformidad con lo
dispuesto en el Acuerdo Generalde Contratación de Personal Temporal en el
Ayuntamiento de Castañar de Ibor, el 10 % de los llamamientos que se realicen se
reservarán para personal con discapacidad.
1.2.- Los requisitos establecidos en la Base 1.1 deberán poseerse en la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.
SEGUNDO. Solicitudes.
2.1.- Para participar en el proceso selectivo se deberá seguir obligatoriamente el siguiente
procedimiento:
Presentar telemáticamente la solicitud según Anexo IIa través del enlace Registro General o
electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Castañar de Ibor,en la forma
establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
CVE:
BOP-2025-1405
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de marzo de 2025
N.º 0060
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