Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Belvís de Monroy. (BOP-2025-1404)
BOP-2025-1404 Aprobación definitiva Modificación Tasa Prestación del Servicio de Cementerio.
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AYUNTAMIENTO DE BELVIS DE MONROY
C.I.F. P-1002700-A
Teléfono 927575823-24 Fax 927575784
C/ Escuelas, s/n.
10.394 – BELVIS DE MONROY
ARTÍCULO 8. Administración de los Cementerios.
El Ayuntamiento llevará un registro de cadáveres y restos cadavéricos que se inhuman
o exhuman en los dos cementerios, en el que figura como mínimo la siguiente
información:
N.º de orden: será correlativo a partir del n.º 1.
Sexo: V para varones y H para mujeres.
Fecha de la inhumación o exhumación.
Domicilios habitual y mortuorio: c/, población y provincia, señalándose en su
caso el distrito municipal correspondiente.
ARTÍCULO 9. Cenizas
Las cenizas resultantes de la cremación, que traiga la familia, deben estar colocadas
en urnas o estuches de cenizas, figurando en el exterior el nombre del/a difunto/a.
El transporte de las urnas o estuches de cenizas o su depósito posterior no estará
sujeto a ninguna exigencia sanitaria, si bien dicho depósito no podrá realizarse en la
vía pública.
En los cementerios de Belvís de Monroy existirá un columbario, destinado a la
colocación de esas urnas o estuches de cenizas mortuorias.
TÍTULO III. SERVICIOS Y PERSONAL.
ARTÍCULO 10. Servicios
Por parte del Ayuntamiento se constituirá un Servicio Municipal de Cementerio:
El mismo estará formado por el/la de Vigilante-Operario/a-Notificador/a al que
corresponde:
- Cementerio Municipal. Todo lo relacionado con el Cementerio Municipal, tales
como apertura y cierre, mantenimiento, levantamiento de cadáveres, autorizaciones y
presencia en enterramientos, padrón de nichos.
- Vigilancia y custodia. Garantizar la apertura y cierre de dependencias
municipales. Controlar y custodiar las llaves de las dependencias públicas. Garantizar
el encendido y apagado de luces y otras instalaciones que no dispongan de
mecanismos automáticos que las regulen.
ARTÍCULO 11. Gestión.
El Ayuntamiento de Belvís de Monroy:
Gestionará la percepción de derechos y tasas que procedan por la
ocupación de terrenos y prestación de todo tipo de servicios, reguladas en la
correspondiente Ordenanza fiscal.
Gestionará la percepción de derechos y tasas que procedan por la
realización de las obras y actuaciones que se lleven a cabo en el cementerio y que
sean necesarias, tales como: Apertura y cierre de panteones y sepulturas, y nichos,
reducción, movimiento de lápidas, obras necesarias para el traslado de restos, y
demás obras que deban hacerse en el Cementerio Municipal.
Cód.
Validación:
AYP7AXQPPPYXXSG66GXC3ZDME
Verificación:
https://belvisdemonroy.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2025-1404
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de marzo de 2025
N.º 0060
Pág. 6738
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C/ Escuelas, s/n.
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ARTÍCULO 8. Administración de los Cementerios.
El Ayuntamiento llevará un registro de cadáveres y restos cadavéricos que se inhuman
o exhuman en los dos cementerios, en el que figura como mínimo la siguiente
información:
N.º de orden: será correlativo a partir del n.º 1.
Sexo: V para varones y H para mujeres.
Fecha de la inhumación o exhumación.
Domicilios habitual y mortuorio: c/, población y provincia, señalándose en su
caso el distrito municipal correspondiente.
ARTÍCULO 9. Cenizas
Las cenizas resultantes de la cremación, que traiga la familia, deben estar colocadas
en urnas o estuches de cenizas, figurando en el exterior el nombre del/a difunto/a.
El transporte de las urnas o estuches de cenizas o su depósito posterior no estará
sujeto a ninguna exigencia sanitaria, si bien dicho depósito no podrá realizarse en la
vía pública.
En los cementerios de Belvís de Monroy existirá un columbario, destinado a la
colocación de esas urnas o estuches de cenizas mortuorias.
TÍTULO III. SERVICIOS Y PERSONAL.
ARTÍCULO 10. Servicios
Por parte del Ayuntamiento se constituirá un Servicio Municipal de Cementerio:
El mismo estará formado por el/la de Vigilante-Operario/a-Notificador/a al que
corresponde:
- Cementerio Municipal. Todo lo relacionado con el Cementerio Municipal, tales
como apertura y cierre, mantenimiento, levantamiento de cadáveres, autorizaciones y
presencia en enterramientos, padrón de nichos.
- Vigilancia y custodia. Garantizar la apertura y cierre de dependencias
municipales. Controlar y custodiar las llaves de las dependencias públicas. Garantizar
el encendido y apagado de luces y otras instalaciones que no dispongan de
mecanismos automáticos que las regulen.
ARTÍCULO 11. Gestión.
El Ayuntamiento de Belvís de Monroy:
Gestionará la percepción de derechos y tasas que procedan por la
ocupación de terrenos y prestación de todo tipo de servicios, reguladas en la
correspondiente Ordenanza fiscal.
Gestionará la percepción de derechos y tasas que procedan por la
realización de las obras y actuaciones que se lleven a cabo en el cementerio y que
sean necesarias, tales como: Apertura y cierre de panteones y sepulturas, y nichos,
reducción, movimiento de lápidas, obras necesarias para el traslado de restos, y
demás obras que deban hacerse en el Cementerio Municipal.
Cód.
Validación:
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