Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-1322)
BOP-2025-1322 Aprobacion definitiva expediente de Constitucion de la Entidad de Conservacion de la urbanizacion Expacio Navalmoral
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Estatutos Entidad Urbanística de Conservación Parque Desarrollo Industrial Norte de Extremadura
“Expacionavalmoral”
Sección 5.ª.- De la Asamblea General
Artículo 30.- Naturaleza.
La Asamblea General es el órgano superior deliberante y decisorio de la entidad, y
estará constituida por todos los miembros de la entidad y un representante del
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
Artículo 31.- Competencias.
1.- La Asamblea General tendrá las siguientes competencias indelegables:
a.- Control y fiscalización de los órganos de gobierno.
b.- Modificación de los estatutos, sin perjuicio de la ulterior aprobación del
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata y de su inscripción en el Registro de
Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Junta de Extremadura.
c.- Examen y aprobación de los presupuestos, memoria, informe de gestión, balance
y cuentas de cada ejercicio, en los períodos de tiempo estatutariamente previstos.
d.- La determinación de la contribución económica de cada socio, en particular las
cuotas ordinarias o extraordinarias, a satisfacer en cada momento para colaborar en
la consecución de los fines de la entidad.
e.- Aprobar la ejecución de obras y servicios extraordinarios de mejora y recabar
fondos para su realización.
f.- Aprobar el régimen orgánico de funcionamiento de la administración de esta
entidad, la plantilla de su personal, los Reglamentos de régimen interior de carácter
general o para servicios concretos.
g.- Resolver las reclamaciones interpuestas contra las decisiones de otros órganos de
la entidad.
2.- También tendrá el resto de las competencias no atribuidas expresamente al
Presidente en estos estatutos, que podrá delegar en la Presidencia o en la Junta de
Gobierno.
Sección 6.ª.- Del Secretario y el Tesorero
Artículo 32.- Designación del Secretario y Tesorero.
El Secretario y el Tesorero serán elegidos por la Asamblea entre sus miembros.
Artículo 33.- Funciones del Secretario.
Cód.
Validación:
4GP44NA4N5WS5HNCE5HGLDZP2
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2025-1322
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de marzo de 2025
N.º 0057
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