Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-1322)
BOP-2025-1322 Aprobacion definitiva expediente de Constitucion de la Entidad de Conservacion de la urbanizacion Expacio Navalmoral
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Estatutos Entidad Urbanística de Conservación Parque Desarrollo Industrial Norte de Extremadura
“Expacionavalmoral”
1.- Al Secretario le corresponden las siguientes funciones:
a.- Convocatoria por orden del Presidente de las reuniones.
b.- Levantar acta de todas las sesiones de los órganos rectores de la entidad.
c.- Expedir las certificaciones con el visto bueno del Presidente.
d.- Llevar los libros necesarios para la mejor y más ordenada administración.
e.- Organizar los servicios de régimen interior de la entidad y, en especial, un libro
registro de los miembros con expresión de sus circunstancias personales, domicilio,
fecha de incorporación, cuota de participación, fincas de las que son titulares y
cuantos datos se estimen necesarios.
f.- Notificar los acuerdos adoptados por la Asamblea General o la Junta de
Gobierno. g.- Tener a su cargo el archivo de la entidad y llevar la correspondencia.
h.- Cualesquiera otras inherentes a su cargo que le sean encomendadas por la Junta
de Gobierno o la Asamblea General.
2.- En caso de vacante, ausencia o enfermedad o imposibilidad de cualquier tipo
será sustituido por el Tesorero.
Artículo 34.- Funciones del Tesorero.
1.- Al Tesorero le corresponden las siguientes funciones:
a.- Llevanza y custodia de los libros y documentos relativos a la administración
contable.
b.- Materializar la recaudación y custodiar los fondos.
c.- Realizar los pagos de cuenta de la entidad con la autorización del Presidente.
d.- Informar periódicamente a los órganos de la entidad de la cuenta de ingresos y
gastos y de la marcha del presupuesto, y formalizar anualmente las cuentas del
ejercicio económico anterior.
e.- Redactar los presupuestos anuales que la Presidencia presente a la Asamblea
General.
f.- Ingresar y retirar fondos de las cuentas bancarias conjuntamente con el
Presidente. En caso de ausencia o imposibilidad del Tesorero podrá firmar el
Secretario, dando cuenta a aquel en el más breve plazo posible.
Cód.
Validación:
4GP44NA4N5WS5HNCE5HGLDZP2
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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CVE:
BOP-2025-1322
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de marzo de 2025
N.º 0057
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Estatutos Entidad Urbanística de Conservación Parque Desarrollo Industrial Norte de Extremadura
“Expacionavalmoral”
1.- Al Secretario le corresponden las siguientes funciones:
a.- Convocatoria por orden del Presidente de las reuniones.
b.- Levantar acta de todas las sesiones de los órganos rectores de la entidad.
c.- Expedir las certificaciones con el visto bueno del Presidente.
d.- Llevar los libros necesarios para la mejor y más ordenada administración.
e.- Organizar los servicios de régimen interior de la entidad y, en especial, un libro
registro de los miembros con expresión de sus circunstancias personales, domicilio,
fecha de incorporación, cuota de participación, fincas de las que son titulares y
cuantos datos se estimen necesarios.
f.- Notificar los acuerdos adoptados por la Asamblea General o la Junta de
Gobierno. g.- Tener a su cargo el archivo de la entidad y llevar la correspondencia.
h.- Cualesquiera otras inherentes a su cargo que le sean encomendadas por la Junta
de Gobierno o la Asamblea General.
2.- En caso de vacante, ausencia o enfermedad o imposibilidad de cualquier tipo
será sustituido por el Tesorero.
Artículo 34.- Funciones del Tesorero.
1.- Al Tesorero le corresponden las siguientes funciones:
a.- Llevanza y custodia de los libros y documentos relativos a la administración
contable.
b.- Materializar la recaudación y custodiar los fondos.
c.- Realizar los pagos de cuenta de la entidad con la autorización del Presidente.
d.- Informar periódicamente a los órganos de la entidad de la cuenta de ingresos y
gastos y de la marcha del presupuesto, y formalizar anualmente las cuentas del
ejercicio económico anterior.
e.- Redactar los presupuestos anuales que la Presidencia presente a la Asamblea
General.
f.- Ingresar y retirar fondos de las cuentas bancarias conjuntamente con el
Presidente. En caso de ausencia o imposibilidad del Tesorero podrá firmar el
Secretario, dando cuenta a aquel en el más breve plazo posible.
Cód.
Validación:
4GP44NA4N5WS5HNCE5HGLDZP2
Verificación:
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Lunes, 24 de marzo de 2025
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