Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-1322)
BOP-2025-1322 Aprobacion definitiva expediente de Constitucion de la Entidad de Conservacion de la urbanizacion Expacio Navalmoral
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Estatutos Entidad Urbanística de Conservación Parque Desarrollo Industrial Norte de Extremadura
“Expacionavalmoral”
c) Por decisión judicial firme que anule la elección.
d) Por causar baja las empresas representadas o en las titularidades que poseían al
producirse su designación.
e) Por variación de la representación de la empresa a la que representan, en cuyo
caso, el nuevo representante sustituirá al anterior en el cargo que ocupase.
f) El representante municipal cesará cuando lo disponga el Ayuntamiento.
Artículo 20.- Provisión interina de vacantes.
1.- Las vacantes que se produzcan durante la vigencia de cada mandato podrán ser
cubiertas por la Presidencia o, en su caso, por la Junta de Gobierno entre los
miembros, por el período que falte para el cumplimiento del plazo previsto hasta la
próxima elección.
2.- Esta designación se producirá a reserva de la ratificación de la Asamblea General
en la primera reunión que se celebre que ha de tener lugar en el plazo máximo de
seis meses.
Sección 3.ª.- Del Presidente y el Vicepresidente
Artículo 21.- Designación.
El Presidente y el Vicepresidente, al igual que el Secretario y el Tesorero, serán
nombrados por la Asamblea, entre sus miembros.
Artículo 22.- Competencias del Presidente.
1.- El Presidente ostenta las siguientes atribuciones:
a.- Dirigir el gobierno de la Entidad de Conservación.
b.- Convocar, presidir y levantar las sesiones de los órganos colegiados de la
entidad, así como dirigir sus deliberaciones dirimiendo los empates con su voto de
calidad.
c.- Representar a la entidad urbanística de conservación ante las autoridades,
tribunales, administración y organismos públicos y entidades privadas.
d.- Autorizar los actos y certificaciones de los acuerdos de los órganos colegiados de
la entidad y cuantos documentos así lo requieran.
e.- Las contrataciones, cuando su cuantía no supere el 10% de los recursos
ordinarios del presupuesto, incluidas las de carácter plurianual cuando su
duración no sea
Cód.
Validación:
4GP44NA4N5WS5HNCE5HGLDZP2
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2025-1322
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de marzo de 2025
N.º 0057
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