Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2025-1275)
BOP-2025-1275 Bases Gestor Cultural. Laboral fijo.
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1.
2.
exigidos en la Base Segunda de esta convocatoria y en el Anexo I. Si dentro del plazo indicado
no se presentase la documentación o resultase de ésta que la persona propuesta no reúne las
condiciones exigidas, no podrá ser contratada, quedando anuladas todas sus actuaciones sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia en la
que solicitó tomar parte en las pruebas selectivas.
El contrato se formalizará dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente al día en
que haya publicado la propuesta por el Tribunal. Si no lo hiciese en el plazo indicado, sin causa
justificada, quedará sin efecto alguno la misma, en lo que respecta a la persona afectada.
En el supuesto de que transcurridos los plazos previstos en los apartados anteriores, no se
presentase la documentación, así como en el supuesto de que no se reuniesen los requisitos
exigidos, la contratación se podrá realizar a favor del siguiente aspirante que, habiendo
superado las pruebas de selección, hubiera obtenido mayor puntuación, siguiendo el orden de
clasificación definitiva, previa presentación de los correspondientes documentos, sin que esta
previsión genere derecho alguno a ser contratadas personas que no hayan sido propuestas por
el Tribunal. Con las personas que hayan superado la fase de oposición se constituirá una lista
de espera, para posibles contrataciones en el puesto objeto de la convocatoria, en los términos
previstos en el art. 29 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, durante un plazo máximo de 5
años. Finalizadas las pruebas selectivas, el orden de prelación de las personas aspirantes a la
bolsa de trabajo, se establecerá aplicando los siguientes criterios:
Mayor puntuación obtenida en las pruebas realizadas.
En caso de empate en la calificación se resolverá por sorteo.
En razón a la urgencia requerida para cubrir transitoriamente los puestos de trabajo vacantes,
hasta tanto se destine a los mismos a personal funcionario o personal laboral fijo, el personal
interino y el personal laboral temporal necesario se seleccionará de entre las personas
aspirantes que integren la Bolsa de Empleo de Gestor Administrativo, Grupo C, Subgrupo C2.
El Departamento de Personal designará dicho personal por riguroso orden de puntuación
siempre que reúnan los requisitos exigidos para el desempeño del puesto de trabajo.
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá la exclusión de la Bolsa de Empleo. Se
entenderá como renuncia la no aceptación del puesto de trabajo ofrecido, bien de forma
expresa o de forma tácita al no hacerse efectiva la formalización del contrato de trabajo o toma
de posesión y la incorporación al puesto por causas imputables a la persona aspirante, salvo
que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
CVE:
BOP-2025-1275
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 20 de marzo de 2025
N.º 0055
Pág. 6285
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exigidos en la Base Segunda de esta convocatoria y en el Anexo I. Si dentro del plazo indicado
no se presentase la documentación o resultase de ésta que la persona propuesta no reúne las
condiciones exigidas, no podrá ser contratada, quedando anuladas todas sus actuaciones sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia en la
que solicitó tomar parte en las pruebas selectivas.
El contrato se formalizará dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente al día en
que haya publicado la propuesta por el Tribunal. Si no lo hiciese en el plazo indicado, sin causa
justificada, quedará sin efecto alguno la misma, en lo que respecta a la persona afectada.
En el supuesto de que transcurridos los plazos previstos en los apartados anteriores, no se
presentase la documentación, así como en el supuesto de que no se reuniesen los requisitos
exigidos, la contratación se podrá realizar a favor del siguiente aspirante que, habiendo
superado las pruebas de selección, hubiera obtenido mayor puntuación, siguiendo el orden de
clasificación definitiva, previa presentación de los correspondientes documentos, sin que esta
previsión genere derecho alguno a ser contratadas personas que no hayan sido propuestas por
el Tribunal. Con las personas que hayan superado la fase de oposición se constituirá una lista
de espera, para posibles contrataciones en el puesto objeto de la convocatoria, en los términos
previstos en el art. 29 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, durante un plazo máximo de 5
años. Finalizadas las pruebas selectivas, el orden de prelación de las personas aspirantes a la
bolsa de trabajo, se establecerá aplicando los siguientes criterios:
Mayor puntuación obtenida en las pruebas realizadas.
En caso de empate en la calificación se resolverá por sorteo.
En razón a la urgencia requerida para cubrir transitoriamente los puestos de trabajo vacantes,
hasta tanto se destine a los mismos a personal funcionario o personal laboral fijo, el personal
interino y el personal laboral temporal necesario se seleccionará de entre las personas
aspirantes que integren la Bolsa de Empleo de Gestor Administrativo, Grupo C, Subgrupo C2.
El Departamento de Personal designará dicho personal por riguroso orden de puntuación
siempre que reúnan los requisitos exigidos para el desempeño del puesto de trabajo.
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá la exclusión de la Bolsa de Empleo. Se
entenderá como renuncia la no aceptación del puesto de trabajo ofrecido, bien de forma
expresa o de forma tácita al no hacerse efectiva la formalización del contrato de trabajo o toma
de posesión y la incorporación al puesto por causas imputables a la persona aspirante, salvo
que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
CVE:
BOP-2025-1275
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 20 de marzo de 2025
N.º 0055
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