Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mirabel. (BOP-2025-1253)
BOP-2025-1253 Ordenanza reguladora de la recolección de hongos en el monte de utilidad pública n.º 132 “Dehesa Boyal”.
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Ello no obstante, mediante acuerdo asimismo adoptado en ponderación de las referidas
circunstancias, podrá determinarse la prórroga anual de los permisos de recolección intensiva
en favor de aquellos solicitantes que no hubieren sido sancionados por incumplimiento de lo
dispuesto en la presente ordenanza.
En orden a la concesión de los permisos de recolección intensiva se incoará el correspondiente
procedimiento concurrencial en el que se implementará como único criterio de adjudicación el
del momento de presentación de la correspondiente solicitud ante el Ayuntamiento de Mirabel.
Las solicitudes de concesión de los permisos de recolección intensiva podrán presentarse por
personas jurídicas siempre que éstas especifiquen la identidad de las personas físicas para las
que se precisa dicho permiso.
Quienes resulten adjudicatarios deberán abonar en el plazo que al respecto se establezca la
tasa que se determina en la presente ordenanza, siendo excluidos en otro caso de dicha
condición.
- Permiso de clase extraordinaria:
Estas autorizaciones (que permite recolectar ejemplares de las diferentes especies micológicas
con fines científicos, taxonómicos y/o docentes) serán de carácter gratuito, si bien, su
autorización corresponde a la administración forestal autonómica previo informe favorable de la
entidad titular del monte, debiendo por tanto solicitarse la misma exclusivamente ante la
administración forestal autonómica. Permiso que será personal e intransferible.
ARTÍCULO 8- TARIFAS:
Recolección Tipo Tasa aplicada
Ordinaria Recreativa Diario 3€
Fin de semana 5€
Temporada 20€
Intensiva 150€/Temporada
Extraordinaria Gratuita
CVE:
BOP-2025-1253
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de marzo de 2025
N.º 0054
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