Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-1246)
BOP-2025-1246 Plan Estratégico de Subvenciones Concejalía de Juventud y Festejos 2025.
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realizando, siempre que, para ello se cuente con consignación presupuestaria
adecuada y suficiente.
ARTÍCULO 3. OBJETIVOS GENERALES
Son objetivos generales del presente Plan Estratégico de la Concejalía
de Juventud y Festejos, los siguientes:
3.1.- Dar cumplimiento al mandato legal recogido en el artículo 8.1 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que obliga a las Administraciones públicas
que propongan el establecimiento de subvenciones, a que, con carácter previo,
elaboren un Plan Estratégico de Subvenciones.
3.2.- Establecer y normalizar, para el conjunto de los diferentes
programas de ayuda y subvenciones de la Concejalía de Juventud y Festejos
del Ayuntamiento de Cáceres, un conjunto de principios y bases de ejecución
comunes a los mismos.
3.3.- Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones.
3.4.- Regular, con carácter general, el régimen a que ha de ajustarse la
concesión y justificación de las subvenciones a tramitar por la Concejalía de
Juventud y Festejos del Ayuntamiento de Cáceres.
Los objetivos particulares de cada línea de ayuda o subvención para
2025 se recogen en el documento anexo al presente denominado “Anexo al
Plan Estratégico de Subvenciones. Anualidad 2025”.
ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS GENERALES
Son principios generales de este plan los siguientes:
4.1. - Principio de publicidad y transparencia: Este principio se
materializa en la convocatoria previa en la que se garantice la objetividad,
transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en la distribución de fondos
públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa, de conformidad con
lo establecido al respecto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en las Bases de Ejecución del presupuesto del Ayuntamiento
de Cáceres y demás normativa de aplicación.
Este principio también se materializa en la publicidad de las
subvenciones concedidas, en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
CVE:
BOP-2025-1246
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de marzo de 2025
N.º 0054
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