Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-1246)
BOP-2025-1246 Plan Estratégico de Subvenciones Concejalía de Juventud y Festejos 2025.
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que no alcancen el nivel de consecución de objetivos deseado o que resulte
adecuado al nivel de recursos invertidos, puedan ser modificadas o sustituidas
por otras más eficaces y eficientes, o, en su caso, eliminadas.
Desde la perspectiva administrativa, las subvenciones son una técnica
de fomento de determinados comportamientos considerados de interés general
e incluso un procedimiento de colaboración entre la Administración pública y
los particulares para la gestión de actividades de interés público.
Existe una gran diversidad de subvenciones de distinta naturaleza, que
se conceden mediante procedimientos complejos, y, por lo tanto, deben ser
objeto de un seguimiento y control eficaces.
Se configura así el plan estratégico como el complemento necesario
para articular la concesión de subvenciones, con respeto a los principios de
transparencia y equilibrio presupuestario.
El Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Juventud y
Festejos del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres se estructura sobre lo siguiente:
CAPÍTULO I. NATURALEZA JURÍDICA, VIGENCIA, OBJETIVOS,
PRINCIPIOS GENERALES Y LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN
ARTÍCULO 1. NATURALEZA JURÍDICA
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de
carácter programático, que carece de rango normativo y cuya aprobación no
genera derechos ni obligaciones para la Concejalía de Juventud y Festejos del
Ayuntamiento de Cáceres.
Su efectividad queda condicionada a la puesta en práctica de las
diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las
disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.
Por tanto, el establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en
este plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los
presupuestos municipales y la aprobación de las bases reguladoras de su
concesión o el documento procedente.
ARTÍCULO 2. VIGENCIA
La vigencia del presente Plan Estratégico de Subvenciones se
establece para el ejercicio económico 2025.
En el supuesto de que concluido el ejercicio económico no se hubiese
aprobado aún un nuevo Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se
entenderá prorrogado en aquellas líneas de actuación que se vayan a seguir
CVE:
BOP-2025-1246
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de marzo de 2025
N.º 0054
Pág. 6152
que no alcancen el nivel de consecución de objetivos deseado o que resulte
adecuado al nivel de recursos invertidos, puedan ser modificadas o sustituidas
por otras más eficaces y eficientes, o, en su caso, eliminadas.
Desde la perspectiva administrativa, las subvenciones son una técnica
de fomento de determinados comportamientos considerados de interés general
e incluso un procedimiento de colaboración entre la Administración pública y
los particulares para la gestión de actividades de interés público.
Existe una gran diversidad de subvenciones de distinta naturaleza, que
se conceden mediante procedimientos complejos, y, por lo tanto, deben ser
objeto de un seguimiento y control eficaces.
Se configura así el plan estratégico como el complemento necesario
para articular la concesión de subvenciones, con respeto a los principios de
transparencia y equilibrio presupuestario.
El Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Juventud y
Festejos del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres se estructura sobre lo siguiente:
CAPÍTULO I. NATURALEZA JURÍDICA, VIGENCIA, OBJETIVOS,
PRINCIPIOS GENERALES Y LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN
ARTÍCULO 1. NATURALEZA JURÍDICA
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de
carácter programático, que carece de rango normativo y cuya aprobación no
genera derechos ni obligaciones para la Concejalía de Juventud y Festejos del
Ayuntamiento de Cáceres.
Su efectividad queda condicionada a la puesta en práctica de las
diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las
disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.
Por tanto, el establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en
este plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los
presupuestos municipales y la aprobación de las bases reguladoras de su
concesión o el documento procedente.
ARTÍCULO 2. VIGENCIA
La vigencia del presente Plan Estratégico de Subvenciones se
establece para el ejercicio económico 2025.
En el supuesto de que concluido el ejercicio económico no se hubiese
aprobado aún un nuevo Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se
entenderá prorrogado en aquellas líneas de actuación que se vayan a seguir
CVE:
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Verificable
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