Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejoncillo. (BOP-2025-1230)
BOP-2025-1230 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Programa de formación y empleo ESCALA “El Torreón IV.”
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AYUNTAMIENTO DE TORREJONCILLO
Reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o
reordenación del *empo de trabajo, a través de la adaptación del horario, aplicación
del horario flexible o de otras formas de ordenación del *empo de trabajo que se
u*licen en la empresa.
Realización de su trabajo total o parcialmente a distancia o dejar de hacerlo si este
fuera el sistema establecido, siempre que, en ambos casos, esta modalidad de
prestación de servicios sea compa*ble con el puesto y funciones desarrolladas por la
persona.
Consultas médicas: El alumnado/trabajador tendrá derecho a acudir a consulta
médica (Centro de Salud o Especialista de la Seguridad Social) o el
acompañamiento a consulta médica de hijos menores de edad o personas bajo
su custodia legal.
Los permisos deben disfrutarse en la fecha en que se produzca la necesidad, no
pudiendo ser trasladados a días hábiles.
Aunque los DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS Y LIBRE DISPOSICIÓN no vienen
incluidos en el Estatuto de los Trabajadores como de obligado respeto por parte de las
24
CVE:
BOP-2025-1230
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de marzo de 2025
N.º 0053
Pág. 6069
Reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o
reordenación del *empo de trabajo, a través de la adaptación del horario, aplicación
del horario flexible o de otras formas de ordenación del *empo de trabajo que se
u*licen en la empresa.
Realización de su trabajo total o parcialmente a distancia o dejar de hacerlo si este
fuera el sistema establecido, siempre que, en ambos casos, esta modalidad de
prestación de servicios sea compa*ble con el puesto y funciones desarrolladas por la
persona.
Consultas médicas: El alumnado/trabajador tendrá derecho a acudir a consulta
médica (Centro de Salud o Especialista de la Seguridad Social) o el
acompañamiento a consulta médica de hijos menores de edad o personas bajo
su custodia legal.
Los permisos deben disfrutarse en la fecha en que se produzca la necesidad, no
pudiendo ser trasladados a días hábiles.
Aunque los DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS Y LIBRE DISPOSICIÓN no vienen
incluidos en el Estatuto de los Trabajadores como de obligado respeto por parte de las
24
CVE:
BOP-2025-1230
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de marzo de 2025
N.º 0053
Pág. 6069