Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejoncillo. (BOP-2025-1230)
BOP-2025-1230 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Programa de formación y empleo ESCALA “El Torreón IV.”
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE TORREJONCILLO
El hecho de incurrir la persona par*cipante en 3 faltas de asistencia no jus*ficadas en
un mismo mes o 5 días en la totalidad de la etapa forma*va inicial supondrá la
exclusión automá*ca de la persona par*cipante, teniendo tres días hábiles de plazo
para la jus*ficación de la ausencia ante el centro o en*dad de formación.
Para el cómputo de ausencias no jus*ficadas se tendrán en cuenta los siguientes
criterios. Las faltas se en*enden por meses de la etapa forma*va inicial desde la fecha
de inicio del proyecto, siendo los períodos a computar los siguientes:
- Del 16 de diciembre al 15 de enero.
- De 16 de enero al 15 de febrero.
- Del 15 de febrero al 16 de marzo.
Causa de baja del proyecto
Según el arNculo 18.4 del Decreto 55/2024, de 18 de junio, las personas par*cipantes
tendrán la obligación de asis*r y seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-
prác*cas que se impartan, pudiendo ser causa de expulsión del proyecto y de pérdida,
en su caso, del derecho a la percepción de las becas y ayudas, las siguientes
situaciones:
a) No seguir con aprovechamiento las mencionadas enseñanzas que permita la
inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencia de los
par*cipantes.
Abandono por contratación laboral o enfermedad o accidente debidamente
acreditados:
12
CVE:
BOP-2025-1230
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de marzo de 2025
N.º 0053
Pág. 6057
El hecho de incurrir la persona par*cipante en 3 faltas de asistencia no jus*ficadas en
un mismo mes o 5 días en la totalidad de la etapa forma*va inicial supondrá la
exclusión automá*ca de la persona par*cipante, teniendo tres días hábiles de plazo
para la jus*ficación de la ausencia ante el centro o en*dad de formación.
Para el cómputo de ausencias no jus*ficadas se tendrán en cuenta los siguientes
criterios. Las faltas se en*enden por meses de la etapa forma*va inicial desde la fecha
de inicio del proyecto, siendo los períodos a computar los siguientes:
- Del 16 de diciembre al 15 de enero.
- De 16 de enero al 15 de febrero.
- Del 15 de febrero al 16 de marzo.
Causa de baja del proyecto
Según el arNculo 18.4 del Decreto 55/2024, de 18 de junio, las personas par*cipantes
tendrán la obligación de asis*r y seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-
prác*cas que se impartan, pudiendo ser causa de expulsión del proyecto y de pérdida,
en su caso, del derecho a la percepción de las becas y ayudas, las siguientes
situaciones:
a) No seguir con aprovechamiento las mencionadas enseñanzas que permita la
inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencia de los
par*cipantes.
Abandono por contratación laboral o enfermedad o accidente debidamente
acreditados:
12
CVE:
BOP-2025-1230
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de marzo de 2025
N.º 0053
Pág. 6057