Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-1004)
BOP-2025-1004 Aprobación de normas reguladoras y abono aportación provincial Plan Especial Pedanías Obras 2025.
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Servicio General de Planificación
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Plaza de Santa María, s/n planificacion@dip-caceres.es
CÁCERES – C.P. 10.071 Tlf 927 189 660 - 927 255 556 – 927 255 561
la sede electrónica de la Diputación Provincial, de la declaración responsable suscrita por el representante
de la Entidad local (Alcalde/Alcaldesa) acreditativo de estar al corriente del cumplimiento de los requisitos
para poder ser beneficiarios de subvenciones.
V. Documentación justificativa de la inversión ejecutada
Una vez finalizada la obra ejecutada y en todo caso antes del vencimiento del plazo otorgado en el
apartado VI a continuación señalado, los ayuntamientos deberán presentar en la sede electrónica de la
Diputación Provincial, la siguiente documentación:
1- Relación de gastos según modelo de cuenta justificativa (hoja de cálculo incluida en la sede
electrónica).
2- Certificación de cumplimiento del objeto de la subvención, según modelo facilitado en la sede
electrónica.
3- Fotografía del cartel informativo de la obra en formato digital en su lugar de colocación final,
siguiendo la imagen corporativa del Plan (cartel de obra – anexo publicado en la GUIA-CARTELES-OBRA,
publicada en la página web de esta Diputación: Fomento, movilidad y agenda provincial - Diputación de
Cáceres (dip-caceres.es).
Dicha publicidad deberá efectuarse al menos durante el plazo de CINCO AÑOS a contar desde la
finalización del PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.
VI. Plazos
Las entidades beneficiarias estarán obligadas a ejecutar y presentar la documentación justificativa
de la obra subvencionada, en los términos y plazos recogidos en la presente resolución, sin que se prevea
la concesión de prórroga de los citados plazos. En consecuencia, los beneficiarios del Plan deberán tener
ejecutadas y justificadas sus inversiones en los siguientes plazos y fechas:
- Plazo de ejecución de las obras: El plazo de ejecución de la obra que constituye el objeto de la
ayuda prevista en el PLAN ESPECIAL DE PEDANÍAS 2025, comienza el 1 de enero de 2025. La ejecución
de la inversión deberá estar finalizada y recepcionada antes del 31 DE OCTUBRE DE 2026.
En cualquier caso, se considerará gasto realizado dentro de plazo el que haya sido efectivamente
pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación señalado en el presente documento.
No existe posibilidad alguna de prórroga, salvo por circunstancias de fuerza mayor en el desarrollo
de las obras, debidamente documentadas por un técnico competente en la materia.
- Plazo de justificación del gasto: La justificación del cumplimiento del gasto deberá tener lugar
con anterioridad al 31 DE ENERO DE 2027, siendo ésta la fecha máxima para la presentación en la sede
electrónica de la documentación original acreditativa del cumplimiento de la inversión ejecutada, sin perjuicio
del plazo de subsanación que en su caso se conceda y que en tal caso se considerará como plazo de
justificación.
No se prevé la posibilidad de prórroga del plazo de justificación de la subvención, si bien en el caso
de que se autorice la prórroga del plazo de ejecución de la obra, se entenderá automáticamente prorrogado
el plazo de justificación hasta los dos meses siguientes al fin del plazo de ejecución prorrogado.
VII. Subsanación de documentación
El Área de Fomento, Movilidad y Agenda Provincial de la Diputación de Cáceres, comprobará,
CVE:
BOP-2025-1004
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de marzo de 2025
N.º 0044
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