Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-930)
BOP-2025-930 Bases para la provisión de dos Plazas de Oficial 1.ª Albañil.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
a.
b.
c.
d.
plazo de 10 días naturales siguientes a la publicación en la página web del Ayuntamiento de
Navalmoral de la Mata del listado en el que se establece el orden de los aspirantes en la
referida Bolsa.
La no presentación, dentro del expresado plazo, de la documentación acreditativa de los
requisitos señalados en la Base 2, supondrá la exclusión del aspirante de la Bolsa de Trabajo.
Para la determinación del orden que los aspirantes ocuparán en la Bolsa de Trabajo se
seguirán los siguientes criterios. Se colocarán los aspirantes que hubieran superado los dos
ejercicios de la oposición, sin obtener plaza, por orden de puntuación de mayor a menor.
10.3.- En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación de la relación de
aprobados/as en el tablón de anuncios y página web municipal, las personas aspirantes
propuestas por el Tribunal Calificador presentarán, en la Secretaria Municipal, los documentos
acreditativos de los requisitos expresados en la base 2.
En particular, aportarán la siguiente documentación:
Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles/as o nacionales de países
miembros de la Unión Europea, deberán presentar los documentos expedidos por las
autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada del español/a o del nacional de la Unión Europea con el/la que existe este
vínculo, de que no está separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Fotocopia y original del título exigido en estas bases, o certificación académica original
que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la
expedición del mismo.
Declaración jurada de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de personal
funcionario en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. Los/as nacionales de
otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o en situación
equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
CVE:
BOP-2025-930
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de febrero de 2025
N.º 0040
Pág. 4734
b.
c.
d.
plazo de 10 días naturales siguientes a la publicación en la página web del Ayuntamiento de
Navalmoral de la Mata del listado en el que se establece el orden de los aspirantes en la
referida Bolsa.
La no presentación, dentro del expresado plazo, de la documentación acreditativa de los
requisitos señalados en la Base 2, supondrá la exclusión del aspirante de la Bolsa de Trabajo.
Para la determinación del orden que los aspirantes ocuparán en la Bolsa de Trabajo se
seguirán los siguientes criterios. Se colocarán los aspirantes que hubieran superado los dos
ejercicios de la oposición, sin obtener plaza, por orden de puntuación de mayor a menor.
10.3.- En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación de la relación de
aprobados/as en el tablón de anuncios y página web municipal, las personas aspirantes
propuestas por el Tribunal Calificador presentarán, en la Secretaria Municipal, los documentos
acreditativos de los requisitos expresados en la base 2.
En particular, aportarán la siguiente documentación:
Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles/as o nacionales de países
miembros de la Unión Europea, deberán presentar los documentos expedidos por las
autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada del español/a o del nacional de la Unión Europea con el/la que existe este
vínculo, de que no está separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Fotocopia y original del título exigido en estas bases, o certificación académica original
que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la
expedición del mismo.
Declaración jurada de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de personal
funcionario en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. Los/as nacionales de
otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o en situación
equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
CVE:
BOP-2025-930
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de febrero de 2025
N.º 0040
Pág. 4734