Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-929)
BOP-2025-929 Bases para la provisión de una Plaza de Trabajador/a Social.
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las pruebas selectivas tenga cabida en el número de plazas convocadas, como consecuencia
de la citada anulación.
Undécima.- Contratación.
11.1.- Presentada la documentación por la persona propuesta y siendo esta conforme, la
Alcaldía decretará la contratación a favor de la persona aspirante aprobada con mayor
puntuación, como personal laboral fijo en la plaza objeto de convocatoria.
11.2.- La contratación será notificada a la persona interesada, que deberá formalizar el
correspondiente contrato y toma posesión en el plazo de treinta días hábiles a contar desde el
siguiente a su recibo.
11.3.- Quien, sin causa justificada, no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos los
derechos derivados de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.
Duodécima.- Lista de espera
Se constituirá una lista de espera entre los aspirantes que habiendo aprobado al menos el
primer ejercicio, obtengan una menor puntuación tras las personas que resulten designadas
para la plaza, siempre que acrediten reunir los requisitos necesario con el fin de atender futuras
necesidades de personal temporal, o para su nombramiento como funcionarios interinos, en la
categoría de Trabajador/a Social, en el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
El orden de prelación de los aspirantes en la lista de espera se establecerá aplicando
sucesivamente los siguientes criterios:
Mayor puntuación en el segundo ejercicio.
Mayor puntuación en el primer ejercicio.
Forma de llamamiento:
El llamamiento se realizará por riguroso orden de puntuación, mediante escrito al domicilio de
notificaciones. En caso de cambio de domicilio, el interesado obligatoriamente deberá
comunicarlo a esta Administración.
La renuncia supone la exclusión del aspirante a la lista de espera, salvo que concurra alguna
de las siguientes circunstancias que impidan el desempeño del puesto y que sean debidamente
acreditadas:
Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
Estar trabajando para el propio Ayuntamiento o cualquier Administración Pública.
CVE:
BOP-2025-929
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de febrero de 2025
N.º 0040
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