Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2025-885)
BOP-2025-885 Reglamento de ordenación de vertidos de aguas residuales a la red municipal de alcantarillado y del sistema de depuración.
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Ayuntamiento de la Villa de
MORALEJA (Cáceres)
Secretaría General
Conservación y mantenimiento de acometidas.
1. La conservación, mantenimiento y limpieza de las acometidas a la red de alcantarillado serán
a cargo del Servicio Municipal de Aguas hasta el límite del terreno público con la propiedad
(definido, en su caso, por la arqueta de acometida) y del usuario de aquí en adelante. Caso de
que cualquier trabajo sea desarrollado por cualquier administración o sociedad gestora en
terreno no público, los gastos serán repercutidos al usuario. Para ello el Servicio Municipal
de Aguas dirigirá e inspeccionará la conservación de las acometidas de alcantarillado,
estableciendo el punto de conexión, el diámetro y características del conducto, el caudal
máximo a evacuar y las condiciones generales de la obra.
2. El propietario tiene la obligación de mantener la parte de su acometida en perfecto estado de
funcionamiento.
3. Ante cualquier anomalía el Servicio Municipal de Aguas o el propio Ayuntamiento de
Moraleja requerirá al propietario para que en el plazo que se le señale proceda, previa
licencia, a su reparación o limpieza. Transcurrido dicho plazo, sin que se realicen las obras
pertinentes, el Servicio Municipal de Aguas procederá a su ejecución cargando los gastos
ocasionados al titular de la acometida. Si se tratase de una acometida longitudinal con más
de un empalme, el requerimiento se hará únicamente al propietario(s) del mismo, sin
perjuicio de su derecho a repartir los gastos entre todos los usuarios.
4. El Ayuntamiento de Moraleja y el Servicio Municipal de Aguas se reservan el derecho de
realizar cualquier trabajo de construcción, reparación, limpieza o variación de acometidas o
de remodelación o reposición de pavimentos afectados por aquellos.
5. El Servicio Municipal de Aguas tiene la facultad de asumir la ejecución de estas obras,
previo pago por el usuario de su coste.
6. El Servicio Municipal de Aguas, con objeto de colaborar con los usuarios, gestionará los
medios necesarios para la limpieza de acometidas de alcantarillado, servicio que se prestará
previo abono del importe correspondiente, sin que ello exima de su responsabilidad.
7. Cualquier avería en terreno público de acometidas de alcantarillado será reparada por el
Servicio Municipal de Aguas. En caso de terreno privado el Servicio Municipal de Aguas
podrá asumir la ejecución de estas obras, previo pago de los costes por el abonado. La no
realización de la necesaria reparación o limpieza de la acometida de alcantarillado que
ocasione la emisión incontrolada de aguas residuales al subsuelo o a la superficie de las vías
públicas o privadas, podrá llevar aparejado el corte del suministro de agua potable, hasta
Cód.
Validación:
6GHPHADWYNMF4CN9GKEZJA2XF
Verificación:
https://moraleja.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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plataforma
esPublico
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BOP-2025-885
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de febrero de 2025
N.º 0038
Pág. 4295
MORALEJA (Cáceres)
Secretaría General
Conservación y mantenimiento de acometidas.
1. La conservación, mantenimiento y limpieza de las acometidas a la red de alcantarillado serán
a cargo del Servicio Municipal de Aguas hasta el límite del terreno público con la propiedad
(definido, en su caso, por la arqueta de acometida) y del usuario de aquí en adelante. Caso de
que cualquier trabajo sea desarrollado por cualquier administración o sociedad gestora en
terreno no público, los gastos serán repercutidos al usuario. Para ello el Servicio Municipal
de Aguas dirigirá e inspeccionará la conservación de las acometidas de alcantarillado,
estableciendo el punto de conexión, el diámetro y características del conducto, el caudal
máximo a evacuar y las condiciones generales de la obra.
2. El propietario tiene la obligación de mantener la parte de su acometida en perfecto estado de
funcionamiento.
3. Ante cualquier anomalía el Servicio Municipal de Aguas o el propio Ayuntamiento de
Moraleja requerirá al propietario para que en el plazo que se le señale proceda, previa
licencia, a su reparación o limpieza. Transcurrido dicho plazo, sin que se realicen las obras
pertinentes, el Servicio Municipal de Aguas procederá a su ejecución cargando los gastos
ocasionados al titular de la acometida. Si se tratase de una acometida longitudinal con más
de un empalme, el requerimiento se hará únicamente al propietario(s) del mismo, sin
perjuicio de su derecho a repartir los gastos entre todos los usuarios.
4. El Ayuntamiento de Moraleja y el Servicio Municipal de Aguas se reservan el derecho de
realizar cualquier trabajo de construcción, reparación, limpieza o variación de acometidas o
de remodelación o reposición de pavimentos afectados por aquellos.
5. El Servicio Municipal de Aguas tiene la facultad de asumir la ejecución de estas obras,
previo pago por el usuario de su coste.
6. El Servicio Municipal de Aguas, con objeto de colaborar con los usuarios, gestionará los
medios necesarios para la limpieza de acometidas de alcantarillado, servicio que se prestará
previo abono del importe correspondiente, sin que ello exima de su responsabilidad.
7. Cualquier avería en terreno público de acometidas de alcantarillado será reparada por el
Servicio Municipal de Aguas. En caso de terreno privado el Servicio Municipal de Aguas
podrá asumir la ejecución de estas obras, previo pago de los costes por el abonado. La no
realización de la necesaria reparación o limpieza de la acometida de alcantarillado que
ocasione la emisión incontrolada de aguas residuales al subsuelo o a la superficie de las vías
públicas o privadas, podrá llevar aparejado el corte del suministro de agua potable, hasta
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