Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herreruela. (BOP-2025-829)
BOP-2025-829 Aprobación definitiva modificación Ordenanza Municipal reguladora de recogida de residuos.
50 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
AYUNTAMIENTO DE HERRERUELA
e) Mantenimiento, lavado y reposición de los vehículos de recogida.
Artículo 10. Información sobre separación y recogida de residuos.
El Ayuntamiento hará públicas las condiciones de prestación del servicio y, en
especial, las relativas a los días y horarios de depósito y modalidades de recogida
de las diferentes fracciones de residuos, condiciones y puntos de entrega, así
como cualquier otra que estime conveniente para el correcto uso del servicio.
Artículo 11. Sensibilización, educación e información sobre separación y
recogida de residuos.
1. El Ayuntamiento promoverá la realización de campañas, programas y otro tipo
de actuaciones para la sensibilización, educación e información de la ciudadanía
en materia de hábitos de consumo, reducción en la generación de residuos,
separación de éstos por fracciones en origen y su depósito en los contenedores
correspondientes, así como de prevención en la generación de la basura dispersa.
2. Sin perjuicio de lo indicado en el apartado anterior, el Ayuntamiento realizará
igualmente campañas, conformes con las que realicen otras Administraciones
competentes, para concienciar y sensibilizar a los ciudadanos sobre las
consecuencias negativas para el medio ambiente del consumo excesivo de bolsas
y materiales de plástico de un solo uso, y de los efectos de su abandono, así
como sobre la prevención en la generación de residuos.
3. Para el desarrollo de las actuaciones señaladas en los apartados anteriores, el
Ayuntamiento podrá, entre otras medidas, firmar convenios y acuerdos de
colaboración con sujetos públicos y privados tales como universidades,
organizaciones sin ánimo de lucro que tengan por objeto la protección ambiental,
sistemas de responsabilidad ampliada del productor y asociaciones
empresariales.
4. El Ayuntamiento, con objeto de justificar las obligaciones de recogida separada
de residuos y promover su mejora, informará en las campañas y actuaciones de
sensibilización e información, y a través de su página web, del tratamiento final
que se da a cada una de las fracciones de residuos recogidas y su repercusión
económica en los ingresos y gastos derivados de la gestión de los residuos.
18
Cód.
Validación:
ADE9M62NQDFNC2ALTXMNG6E4S
Verificación:
https://herreruela.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
18
de
49
CVE:
BOP-2025-829
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de febrero de 2025
N.º 0036
Pág. 3930
e) Mantenimiento, lavado y reposición de los vehículos de recogida.
Artículo 10. Información sobre separación y recogida de residuos.
El Ayuntamiento hará públicas las condiciones de prestación del servicio y, en
especial, las relativas a los días y horarios de depósito y modalidades de recogida
de las diferentes fracciones de residuos, condiciones y puntos de entrega, así
como cualquier otra que estime conveniente para el correcto uso del servicio.
Artículo 11. Sensibilización, educación e información sobre separación y
recogida de residuos.
1. El Ayuntamiento promoverá la realización de campañas, programas y otro tipo
de actuaciones para la sensibilización, educación e información de la ciudadanía
en materia de hábitos de consumo, reducción en la generación de residuos,
separación de éstos por fracciones en origen y su depósito en los contenedores
correspondientes, así como de prevención en la generación de la basura dispersa.
2. Sin perjuicio de lo indicado en el apartado anterior, el Ayuntamiento realizará
igualmente campañas, conformes con las que realicen otras Administraciones
competentes, para concienciar y sensibilizar a los ciudadanos sobre las
consecuencias negativas para el medio ambiente del consumo excesivo de bolsas
y materiales de plástico de un solo uso, y de los efectos de su abandono, así
como sobre la prevención en la generación de residuos.
3. Para el desarrollo de las actuaciones señaladas en los apartados anteriores, el
Ayuntamiento podrá, entre otras medidas, firmar convenios y acuerdos de
colaboración con sujetos públicos y privados tales como universidades,
organizaciones sin ánimo de lucro que tengan por objeto la protección ambiental,
sistemas de responsabilidad ampliada del productor y asociaciones
empresariales.
4. El Ayuntamiento, con objeto de justificar las obligaciones de recogida separada
de residuos y promover su mejora, informará en las campañas y actuaciones de
sensibilización e información, y a través de su página web, del tratamiento final
que se da a cada una de las fracciones de residuos recogidas y su repercusión
económica en los ingresos y gastos derivados de la gestión de los residuos.
18
Cód.
Validación:
ADE9M62NQDFNC2ALTXMNG6E4S
Verificación:
https://herreruela.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
18
de
49
CVE:
BOP-2025-829
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de febrero de 2025
N.º 0036
Pág. 3930