Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2025-826)
BOP-2025-826 Aprobación definitiva modificación Estatutos y texto consolidado de la entidad CAURIACOM, S.L.U.
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A modo simplemente enunciativo, sin que por ello se limiten las atribuciones del Consejo, en los actos y negocios
que no comprenda expresamente la lista, corresponden a los mismos estas facultades y todo cuanto con ellas esté
relacionado, ampliamente y sin limitación alguna:
a) Disponer, enajenar, adquirir, gravar toda clase de bienes muebles e inmuebles; constituir, aceptar,
modificar o extinguir toda clase de derechos personales y reales, incluso hipotecas.
b) Otorgar toda clase de actos, contratos o negocios jurídicos, con los pactos, cláusulas y condiciones que
estimen oportuno establecer; transigir y pactar arbitrajes, tomar parte en concursos y subastas, para hacer
propuestas y aceptar adjudicaciones.
c) Administrar en los más amplios términos, bienes muebles e inmuebles, hacer declaraciones de edificación
y plantación, deslindes, amojonamientos, divisiones materiales y agrupaciones y segregaciones y toda
clase de modificaciones hipotecarias; concertar, modificar, transmitir y extinguir arrendamientos y
cualesquiera otras cesiones del uso y disfrute.
d) Girar, aceptar, endosar, intervenir y protestar letras de cambio y otros documentos de giro.
e) Tomar dinero a préstamo, reconocer deudas y créditos; constituir, aceptar, modificar, adquirir, enajenar,
posponer y cancelar, total o parcialmente, antes o después de su vencimiento, háyase o no cumplido la
obligación asegurada, hipotecas, prendas, anticresis, prohibiciones, condiciones y toda clase de
limitaciones o garantías.
f) Disponer, abrir, seguir y cancelar cuentas y depósitos de cualquier tipo en cualquier clase de entidades de
crédito o ahorro, bancos, incluso el de España, Institutos y Organismos Oficiales, haciendo todo cuanto la
legislación y prácticas bancarias permitan.
g) Otorgar contratos de trabajo, de transporte y de traspaso de local de negocio; retirar y remitir géneros,
envíos y giros.
h) Comparecer ante toda clase de Juzgados y Tribunales de cualquier Jurisdicción, y ante toda clase de
organismos públicos, en cualquier concepto, y en toda clase de juicios y procedimientos; interponer
recursos, incluso de casación, revisión o nulidad, ratificar escritos y desistir de las actuaciones, ya
directamente o por medio de Abogados y Procuradores, a los que podrán conferir los oportunos poderes,
incluyendo las facultades de confesar en juicio y absolver posiciones.
i) Dirigir la organización comercial de la Sociedad y sus negocios, nombrando y separando empleados y
representantes.
j) Otorgar y firmar toda clase de documentos públicos y privados, pudiendo retirar y cobrar cualesquiera
cantidades y fondos del Estado, Hacienda o cualesquiera entidades públicas o privadas o particulares,
firmando al efecto cartas de pago, recibos, facturas y libramientos.
k) Conceder, modificar y revocar toda clase de apoderamientos, amplios o restringidos, detallando las
facultades, aunque no estén enumeradas en este artículo.
Cualquier limitación de las facultades representativas del Consejo de Administración, tanto si viene
impuesta por los Estatutos como por decisiones de la Junta General, serán ineficaces frente a terceros, sin
perjuicio de su validez y de la responsabilidad en que incurren los administradores frente a la Sociedad en
caso de extralimitación o abuso de facultades o por la realización de actos no comprendidos en el objeto
social que obliguen a la Sociedad en virtud de lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital.
Art. 24.- Para ser nombrado miembro del Consejo no se requiere la condición de socio.
El nombramiento de los miembros del Consejo surtirá efecto desde el momento de su aceptación.
CVE:
BOP-2025-826
Verificable
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Viernes, 21 de febrero de 2025
N.º 0036
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