Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2025-645)
BOP-2025-645 Aprobación definitiva de Reglamento Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil.
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Artículo 14. Uso de vestuario y equipos.
El voluntario de Protección Civil tiene derecho a usar el vestuario y equipos de la Agrupación
en todos los actos públicos a que sean requeridos, siendo obligatorio su uso en casos de
intervención especial, siniestros o calamidades, a efectos de protección e identificación.
Artículo 15. Petición, participación, formación e información.
El voluntario de Protección Civil asimismo tiene derecho a elevar sus peticiones, sugerencias y
reclamaciones al Alcalde o concejal delegado a través de los mandos de la Agrupación.
Participará activamente en la Agrupación y en el diseño, desarrollo y evaluación de los
programas en los que trabaje y recibirá la información y formación necesaria para el
desempeño de sus funciones como voluntario.
Dispondrá de un certificado de méritos donde se acrediten las labores prestadas y su historial
en la Agrupación Local, expedido por la Alcaldía, o en quién legalmente delegue. Asimismo,
dispondrá de un carné identificativo de su condición de voluntario de protección civil del
Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera.
Artículo 16. Seguros.
Los riesgos para la integridad física del voluntario estarán cubiertos por un seguro de
accidentes para aquellos que pudieran sufrir durante su actuación en las tareas
encomendadas, abarcando indemnizaciones por disminución física, invalidez temporal o
permanente, fallecimiento y asistencia médico-farmacéutica.
Los daños y perjuicios que pueda causar un componente de la Agrupación en sus actuaciones
estarán cubiertos por un seguro de responsabilidad civil.
La modalidad de las correspondientes pólizas de seguros y cuantías de las indemnizaciones
serán fijadas por el Ayuntamiento. Se dará a la Agrupación el adecuado conocimiento sobre el
contenido y características de las pólizas de seguros.
Sección 2ª
Deberes:
Artículo 17. Deberes generales.
Son deberes de todo voluntario miembro de la Agrupación:
CVE:
BOP-2025-645
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de febrero de 2025
N.º 0028
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