Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2025-645)
BOP-2025-645 Aprobación definitiva de Reglamento Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil.
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c) Por dejar de cumplir alguna de las condiciones exigidas para su ingreso que le incapaciten
para el ejercicio de sus funciones.
d) En los casos en que así proceda por aplicación de las normas de disciplina establecidas en
este Reglamento, como es el caso de las faltas muy graves.
e) Cuando, aparte de los puntos anteriores, no haga acto de presencia a ninguno de los
requerimientos de la Agrupación, en un periodo de cuatro meses.
2.- Los casos de bajas por expulsión se tramitarán a propuesta del Alcalde y el Coordinador de
la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera, en
expediente individualizado y previo trámite de audiencia al interesado.
3.- En todo caso, acordada y notificada la pérdida de la condición de voluntario, se procederá
por el interesado a la entrega inmediata del carné identificativo y de todo el material y vestuario
que se le haya entregado en su condición de voluntario. El interesado podrá solicitar certificado
de los servicios prestados en la Agrupación.
CAPÍTULO III
DERECHOS Y DEBERES DE LOS VOLUNTARIOS
Sección 1ª
Derechos
Artículo 12. Gratuidad.
La pertenencia de los voluntarios y colaboradores a la Agrupación será gratuita y honorífica, sin
derechos a reclamar al Ayuntamiento retribución ni premio alguno, salvo las indemnizaciones
por accidente que pudieran corresponderle de acuerdo con lo especificado en el artículo 16.
Artículo 13. Vestuario y medios materiales.
El voluntario de Protección Civil tiene derecho a que el Ayuntamiento le proporcione
gratuitamente el vestuario y los medios materiales necesarios para el desarrollo de su
actividad.
Tanto uno como otros serán repuestos en las condiciones que se establezcan en las normas
internas del Servicio.
CVE:
BOP-2025-645
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de febrero de 2025
N.º 0028
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