Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2025-645)
BOP-2025-645 Aprobación definitiva de Reglamento Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil.
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1.- Cumplir estrictamente sus deberes reglamentarios y realizar todos los servicios que se le
soliciten salvo por una causa de fuerza mayor debidamente justificada; cooperar con su mayor
esfuerzo, interés, disciplina y espíritu social en cualquier misión de socorro, ayuda y rescate de
víctimas; de su evacuación, asistencia, vigilancia y protección de las personas y bienes, así
como en cualquier otra misión que le encomienden los mandos de la Agrupación o las
autoridades de quien dependa durante su actuación.
2.- Incorporarse con la mayor brevedad posible a su lugar de concentración en caso de ser
convocado.
3.- Poner en conocimiento de los mandos de la Agrupación o autoridades la existencia de
hechos que puedan suponer riesgos para las personas o los bienes.
4.- Identificarse, mostrando en su caso el carné reglamentario, cuando así sea requerido por
autoridad competente.
5.- Mantener en perfectas condiciones de uso el vestuario, material y equipo que pudiera serle
confiado, resultando de su cargo el resarcimiento de los daños que causara en los mismos
debido al mal trato o falta de cuidado. En caso de baja hará entrega de todos los efectos.
6.- Guardar confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su
actividad.
7.- Cubrir un mínimo de dos servicios semestrales (excluyendo cursos, conferencias, etc.).
8.- Acatar las instrucciones que le sean dadas por el Coordinador de la Agrupación, el Alcalde
o Concejal Delegado del Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera, y a su vez por el responsable en
materia de protección civil donde estén integrados.
9.- Mantener en perfectas condiciones de uso el material, equipos y vehículos que sean
asignado a la Agrupación.
10.- Participar en aquellas actividades de formación que se organicen, al objeto de capacitarles
para un mejor desempeño de sus tareas.
11.- Rechazar cualquier tipo de contraprestación económica.
12.- Participar en la programación y evaluación de los programas y actividades relacionados
con su actividad como voluntario.
CVE:
BOP-2025-645
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de febrero de 2025
N.º 0028
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