Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2025-645)
BOP-2025-645 Aprobación definitiva de Reglamento Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil.
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13.- Aceptar los objetivos y fines de la Agrupación en la que se integre y ser respetuoso con
ella.
14.- Abstenerse de utilizar vehículos de la Agrupación si no dispone del carnet correspondiente.
15.- Respetar la estructura de mando existente en la Agrupación de Voluntarios de Protección
Civil del Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera.
Artículo 18. Incompatibilidades.
La condición de voluntario de la Agrupación, por su propio carácter, es incompatible con la
pertenencia a cualquier otra organización de voluntarios que intervengan en emergencias.
Artículo 19. Prohibiciones.
La condición de miembro de la Agrupación faculta únicamente para realizar actividades en
relación con situaciones de riesgo, emergencia, calamidad y catástrofe, así como en servicios
preventivos y programados por el Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera y con pleno sometimiento
a las órdenes del mando.
Los componentes de la agrupación no podrán realizar, amparándose en ella, actividades de
carácter personal o de finalidad religiosa, ideológica, política o sindical, ajenas a los fines
propios de la Agrupación y que la fundamentan.
En ningún caso el voluntario de Protección Civil actuará como tal fuera de los actos del
Servicio. Esto no implica para que, usando sus conocimientos y experiencias, intervengan, con
carácter estrictamente particular, en aquellas situaciones requeridas por su deber de
ciudadanía.
En ningún caso el voluntario de Protección Civil usará vestuario ni distintivo alguno durante la
ejecución de trabajos remunerados.
CAPÍTULO IV
ORGANIZACIÓN
Artículo 20. Dependencia.
1.- La Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera
dependerá del Alcalde o, en su caso, del Concejal Delegado.
CVE:
BOP-2025-645
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de febrero de 2025
N.º 0028
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