Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-541)
BOP-2025-541 Bases y convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para obras de adaptación y mejora de la infraestructura eléctrica de los municipios de la provincia de Cáceres con población inferior a 20.000 habitantes, (MIE-2025).
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Área de Medio Ambiente, Transición Ecológica, Agricultura y Ganadería.
LA0002766- Economía Verde y Circular
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d) La solicitud de participación en esta convocatoria supone el compromiso del
Ayuntamiento beneficiario de cofinanciación de la actuación de acuerdo con el
siguiente desglose:
d.1) Inversión con un presupuesto total igual o inferior a 100.000.-€ (IVA incluido):
 Subvención provincial: 85% del presupuesto total de la actuación
 Aportación municipal: 15% del presupuesto total de la actuación.
d.2) Inversión con un presupuesto total superior a 100.000.-€ (IVA incluido):
 Subvención provincial: 85.000.-€ cantidad máxima por beneficiario y
actuación.
 Aportación municipal: cantidad que reste de descontar al coste total de la
inversión la cantidad de 85.000.-€ correspondiente a la aportación
provincial.
e) Los proyectos de obra que se presenten junto con la solicitud deben indicar
expresamente que no existen afecciones sectoriales que impidan su ejecución, en
caso contrario, se debe de acompañar de la autorización sectorial o informe que la
normativa sectorial prevea.
f) Para poder licitar y ejecutar el proyecto de obra objeto de subvención, deberá contar
con el informe de verificación técnica favorable emitido por el Sección de Industria
de esta Diputación. En el supuesto de que sea necesario modificar el proyecto por
no ajustarse a las exigencias técnicas previstas en la normativa reguladora y de ello,
se derivase la adaptación de medidas que supongo un incremento del valor estimado
de la obra, derivadas de afecciones técnicas, normativas, errores del proyecto,
necesidad de ejecución civil o de otra índole, los incrementos serán asumidos por el
Ayuntamiento beneficiario de la ayuda, no pudiendo verse incrementada la ayuda
concedida por esta Diputación Provincial de Cáceres.
g) Así mismo, la solicitud de participación en esta convocatoria supone el compromiso
del Ayuntamiento beneficiario de realizar la aportación dineraria que exceda de la
cuantía máxima individualizada concedida por elaboración de proyecto técnico,
dirección facultativa y coordinación de seguridad y salud de la actuación a realizar.
h) La entidad beneficiaria deberá presentar los certificados de instalación eléctrica de
baja o alta tensión de la Junta de Extremadura junto con el proyecto de la actuación
a realizar.
i) Compromiso de habilitar los créditos necesarios para la ejecución de la obra objeto
de la presente subvención, debiéndose acreditar el inicio de la fase de licitación en
el plazo máximo de un mes a contar desde el siguiente a la notificación por el Servicio
de Medio Ambiente y Transición Ecológica del informe de verificación técnica del
proyecto de obra emitido por la Sección de Industria. El proyecto de obra a licitar por
el Ayuntamiento-beneficiario deberá estar debidamente diligenciado con el informe
de verificación técnica favorable. No obstante, en el caso de que sea necesario
habilitar crédito para ejecutar el proyecto de obra de conformidad con el informe de
verificación técnico emitido, el inicio de la fase de licitación se realizará en el plazo
máximo de tres meses, a fin de tramitar el expediente de modificación crédito
correspondiente.
j) Comunicar cualquier eventualidad en el desarrollo de la actividad subvencionada, en
el momento en que aquella se produzca, con el fin de obtener en su caso, la
CVE:
BOP-2025-541
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 6 de febrero de 2025
N.º 0025
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