Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-487)
BOP-2025-487 Carrera Profesional 2024.
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Este nivel no estará retribuido.
b) Nivel I de la Carrera Profesional Horizontal.
A este nivel podrá acceder todo el personal funcionario de carrera, el personal laboral fijo,
los/as nombrados/as interinos/as o declarados/as indefinidos/as no fijos/as de plantilla y el
personal laboral temporal de la Administración de la Diputación Provincial de Cáceres que, a la
fecha de 31 de diciembre de 2024, acrediten:
Único: Un ejercicio profesional de 5 años de permanencia en la función pública, siempre que el
tiempo de ejercicio profesional en el que haya permanecido el/la interesado/a no exista una
interrupción superior a 4 meses entre los contratos de trabajo, en el Cuerpo, Escala,
Subescala, Clase y Categoría profesional en el que se encuentre a fecha 31 de diciembre de
2024, o desde el que hayan accedido a situaciones de servicios especiales, excedencia por
cuidado de familiares o excedencia por razón de violencia de género.
c) Nivel II de la carrera profesional horizontal.
A este nivel podrá acceder todo el personal funcionario de carrera, el personal laboral fijo,
los/as nombrados/as interinos/as o declarados/as indefinidos/as no fijos/as de plantilla y el
personal laboral temporal de la Administración de la Diputación Provincial de Cáceres que, a la
fecha de 31 de diciembre de 2024, acrediten:
1. Reconocimiento de Nivel I: más 7 años de ejercicio profesional o 12 años de ejercicio
profesional en la función pública, siempre que el tiempo de ejercicio profesional en el que haya
permanecido el/la interesado/a no exista una interrupción superior a 4 entre los contratos de
trabajo, en el Cuerpo, Escala, Subescala, Clase y Categoría profesional en el que se encuentre
a fecha 31 de diciembre de 2024, o desde el que hayan accedido a situaciones de servicios
especiales, excedencia por cuidado de familiares o excedencia por razón de violencia de
género.
2. Formación: La realización y/o impartición de acciones formativas y de perfeccionamiento,
que, en cómputo del periodo de trabajo efectivo exigido, deberán alcanzar 100 horas para los
grupos AP-C-B y 120 para los grupos A1 y A2, organizados por la Administración Pública o
centros homologados por las mismas o acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de
las Administraciones Públicas independientemente del promotor de las mismas.
d) Nivel III de la carrera profesional horizontal.
A este nivel podrá acceder todo el personal funcionario de carrera, el personal laboral fijo,
CVE:
BOP-2025-487
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de febrero de 2025
N.º 0023
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