Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-487)
BOP-2025-487 Carrera Profesional 2024.
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tiempo de permanencia en el mismo y en caso de cese para regresar al puesto de trabajo del
que es titular u otra causa de cese será la Administración quien de oficio fijará al/a empleado/a
en el Subgrupo de citado puesto de trabajo que tuviese a fecha 31 de diciembre del año
correspondiente y, mientras permanezca en esta situación (excedencia), le computará el
tiempo transcurrido en ella a los efectos de carrera administrativa como personal interino.”
Considerando que el apartado cuarto del Acuerdo establece el procedimiento para acceder a
los distintos niveles de carrera profesional, y que de conformidad con la normativa expuesta el
sistema de carrera profesional horizontal tiene carácter voluntario, por tanto corresponde a
cada empleado/a público/a decidir su incorporación.
Para el reconocimiento de los Niveles siguientes al inicial se tendrá en cuenta la Subescala,
Clase y Categoría Profesional, en el que se haya conseguido el tiempo de ejercicio profesional
y los requisitos exigidos a 31 de diciembre de 2024.
Por todo ello, y para posibilitar su extensión a los/as empleados/as públicos/as que hayan
cumplido los requisitos el 31 de diciembre de 2024, así como aquellos que causen baja o alta a
lo largo del ejercicio 2024, visto el Informe de Propuesta de Resolución emitido por parte del
Director del Área de Personal, Formación y S.E.P.E.I., que servirá de fundamento jurídico a la
presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta
Presidencia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
RESUELVE
PRIMERO: Abrir el plazo de presentación de solicitudes, conforme a los modelos que figuran
en el Anexo I y II, para el reconocimiento del Nivel Inicial, Nivel I, Nivel II, Nivel III y/o cambio de
Subgrupo de la Carrera Profesional Horizontal, que llevará a cabo la Comisión de Evaluación
de la Carrera Profesional Horizontal en los siguientes términos:
a) Nivel Inicial de la Carrera Profesional Horizontal.
Los/as funcionarios/as de carrera, el personal laboral fijo, los/as nombrados/as funcionarios/as
interinos/as o declarados/as indefinidos/as no fijos/as de plantilla y el personal laboral temporal
de la Administración de la Diputación Provincial de Cáceres que, a la fecha de 31 de diciembre
de 2024, se encuentren en activo o en situación de servicios especiales, excedencia por
cuidado de familiares o excedencia por razón de violencia de género, podrán solicitar el
reconocimiento del Nivel Inicial de la carrera profesional horizontal en el Cuerpo, Escala o
Grupo en el que se den estas circunstancias.
CVE:
BOP-2025-487
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de febrero de 2025
N.º 0023
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que es titular u otra causa de cese será la Administración quien de oficio fijará al/a empleado/a
en el Subgrupo de citado puesto de trabajo que tuviese a fecha 31 de diciembre del año
correspondiente y, mientras permanezca en esta situación (excedencia), le computará el
tiempo transcurrido en ella a los efectos de carrera administrativa como personal interino.”
Considerando que el apartado cuarto del Acuerdo establece el procedimiento para acceder a
los distintos niveles de carrera profesional, y que de conformidad con la normativa expuesta el
sistema de carrera profesional horizontal tiene carácter voluntario, por tanto corresponde a
cada empleado/a público/a decidir su incorporación.
Para el reconocimiento de los Niveles siguientes al inicial se tendrá en cuenta la Subescala,
Clase y Categoría Profesional, en el que se haya conseguido el tiempo de ejercicio profesional
y los requisitos exigidos a 31 de diciembre de 2024.
Por todo ello, y para posibilitar su extensión a los/as empleados/as públicos/as que hayan
cumplido los requisitos el 31 de diciembre de 2024, así como aquellos que causen baja o alta a
lo largo del ejercicio 2024, visto el Informe de Propuesta de Resolución emitido por parte del
Director del Área de Personal, Formación y S.E.P.E.I., que servirá de fundamento jurídico a la
presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta
Presidencia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
RESUELVE
PRIMERO: Abrir el plazo de presentación de solicitudes, conforme a los modelos que figuran
en el Anexo I y II, para el reconocimiento del Nivel Inicial, Nivel I, Nivel II, Nivel III y/o cambio de
Subgrupo de la Carrera Profesional Horizontal, que llevará a cabo la Comisión de Evaluación
de la Carrera Profesional Horizontal en los siguientes términos:
a) Nivel Inicial de la Carrera Profesional Horizontal.
Los/as funcionarios/as de carrera, el personal laboral fijo, los/as nombrados/as funcionarios/as
interinos/as o declarados/as indefinidos/as no fijos/as de plantilla y el personal laboral temporal
de la Administración de la Diputación Provincial de Cáceres que, a la fecha de 31 de diciembre
de 2024, se encuentren en activo o en situación de servicios especiales, excedencia por
cuidado de familiares o excedencia por razón de violencia de género, podrán solicitar el
reconocimiento del Nivel Inicial de la carrera profesional horizontal en el Cuerpo, Escala o
Grupo en el que se den estas circunstancias.
CVE:
BOP-2025-487
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de febrero de 2025
N.º 0023
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