Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2025-481)
BOP-2025-481 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interior, Régimen Jurídico, Uso y Funcionamiento del Centro Residencial San Pedro de Alcántara y Centro de Día.
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en el momento de su ingreso en el centro, será de aplicación a todas las personas residentes
en el centro, así como al personal que preste sus servicios en el mismo, en lo que le sea de
aplicación. Así mismo, tendrá que ser observado/a por los/as visitantes en todo aquello que les
afecte.
Artículo 3. Tipología de las plazas.
1. Plazas para personas mayores con autonomía.
2. Plazas para personas mayores en situación de dependientes.
3. Plazas para personas con autonomía en centro de atención diurna.
4. Plazas para personas en situación de dependencia de centro de atención diurna.
TÍTULO PRIMERO. CONDICIÓN DE RESIDENTE Y REGLAS DE ADMISIÓN
Artículo 4. Requisitos para la adquisición de la condición de usuario-a/residente.
El ingreso en el Centro tendrá carácter voluntario, debiendo mediar solicitud expresa de la
persona interesada.
Tipología de plazas.
A) Centro Residencial.
Plazas de Convenio o subvencionadas: haber sido valorado según la Ley 39/2006, de 14 de
diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de
Dependencia por los servicios sociales y técnicos de la Consejería con la competencia en
materia social de la Junta de Extremadura y haber obtenido una valoración de Grado II o Grado
III.
Plazas acreditadas: estar valorado según la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y
Dependencia por los servicios sociales y técnicos de la Consejería competente de la Junta de
Extremadura, contar con una prestación económica vinculada al servicio, y haber firmado
contrato de prestación de servicios con el Ayuntamiento.
Plazas de autónomos: No tener reconocido ningún grado de dependencia o Grado I según la
Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Dependencia por los servicios sociales y
técnicos de la Consejería competente de la Junta de Extremadura y tener autonomía para las
ABVD o haber sido seleccionado bien por los servicios sociales del Ayuntamiento o por los del
CVE:
BOP-2025-481
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 3 de febrero de 2025
N.º 0022
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