Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto. (BOP-2025-472)
BOP-2025-472 Plan Estratégico de Subvenciones 2025.
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derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en
práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros
condicionantes a la disponibilidad presupuestaria
I.2.- Competencia y vigencia.
La vigencia del presente Plan Estratégico de subvenciones se establece para el
ejercicio económico 2025
En el supuesto de que concluido el ejercicio económico no se hubiese aprobado aún
un nuevo Plan Estratégico, el presente se entenderá prorrogado en aquellas líneas
de actuación que se vayan a seguir realizando, siempre que para ello, se cuente
con consignación presupuestaria.
I.3.- Objetivos y principios generales.
Se entiende por subvención, a efectos de este Plan, toda disposición dineraria
realizada por el Ayuntamiento a favor de personas públicas o privadas o entes sin
personalidad jurídica (personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidad
de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que,
aun careciendo de personalidad jurídica, pueda llevar a cabo los proyectos o
actividades o comportamientos que se encuentren en situación que motiva la
subvención) y que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los/as beneficiarios/as.
b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la
ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un
comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una
situación, debiendo el/a beneficiario/a cumplir las obligaciones materiales y
formales que se hubieran establecido.
c) Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el
fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una
finalidad pública.
Entre los objetivos principales que se quieren desarrollar se encuentran actividades
sociales, culturales, educativas, deportivas y de participación ciudadana. Dichos
objetivos deben concretarse en:
- La promoción de estrategias de sensibilización respecto a los intereses y
diferentes grupos de población.
- Promover la integración social y no discriminación.
- Promover los principios de igualdad y de solidaridad.
- Promover los valores en el ejercicio de ocio y tiempo libre.
- Promoción de manifestaciones culturales en todos los ámbitos.
- Promoción de las actividades deportivas, sobre la consideración de su valor
integrador y de desarrollo de valores sociales y humanos.
- Promover el asociacionismo de los vecinos de la localidad.
- Promover la fijación de población en el medio rural
I.4.- Principios básicos en materia de subvenciones.
Cód.
Validación:
7NXA6LCAHXMXNQNC7G54KQ24J
Verificación:
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electrónicamente
desde
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 31 de enero de 2025
N.º 0021
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