Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto. (BOP-2025-472)
BOP-2025-472 Plan Estratégico de Subvenciones 2025.
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PREÁMBULO.
La Constitución de 1978, en los artículos 31.2 y 135, establece que los principios
que deben orientar el gasto público son, entre otros, los de equidad, eficiencia y
estabilidad presupuestaria.
La Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones recoge que una parte importante de la actividad financiera del sector
público se canaliza a través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con
medidas de apoyo financiero, a demandas sociales y económicas de personas y
entidades públicas o privadas, debiéndose ajustarse a los criterios de estabilidad
presupuestaria y crecimiento económico.
El artículo 8 de la citada Ley establece «los órganos de las Administraciones
Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones,
con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los
objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su
consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en
todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria».
Uno de los principios que rigen esta ley es la transparencia. Las Administraciones
deberán hacer públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez, la ley establece
la obligación de formar una base de datos de ámbito nacional que contenga
información relevante sobre todas las subvenciones concedidas.
De esta forma, la elaboración del Plan Estratégico de Subvenciones, en conjunción
con la aprobación del presupuesto general anual, supone el cumplimiento del
mandato legal de respeto escrupuloso a los principios de transparencia y equilibrio
presupuestario.
Dicho Plan deberá confeccionarse con carácter previo a cualquier propuesta de
otorgamiento de subvenciones y las líneas estratégicas de actuación que se
planteen deberán estar recogidas en el Plan Estratégico de Subvenciones
Municipales.
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES.
I.1.- Naturaleza jurídica.
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter
programático, que carece de rango normativo y cuya aprobación no genera
Cód.
Validación:
7NXA6LCAHXMXNQNC7G54KQ24J
Verificación:
https://santibanezelalto.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2025-472
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 31 de enero de 2025
N.º 0021
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