Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Portaje. (BOP-2025-424)
BOP-2025-424 Plan Estratégico de Subvenciones 2025.
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principio de estabilidad y a la regla de gasto, en los términos previstos en la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera.
Principio de control y análisis de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes
a los principios de igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades
subvencionadas.
CAPÍTULO II. LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN
Las líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan Estratégico, en el que se
integran las líneas de subvenciones del Ayuntamiento son las siguientes:
Fomento de la actividad asociativa y la participación ciudadana.
Dinamización cultural y educativa.
Cooperación al desarrollo.
Fomento económico y social.
Fomento del deporte.
Acción social.
CAPÍTULO III. BENEFICIARIOS/AS Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
1. Beneficiarios/as.
Tendrán la consideración de beneficiarios/as las personas o asociaciones que hayan de
realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en situación que
legitima su concesión, que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
2. Procedimiento de concesión.
El Ayuntamiento concederá subvenciones, en los términos establecidos en la normativa vigente
en materia de subvenciones, mediante convocatoria pública en régimen de concurrencia
competitiva, o excepcionalmente, a través de concesión directa.
a) Concurrencia competitiva. La concesión de las subvenciones se realizará mediante la
comparación de las solicitudes presentadas dentro de un plazo limitado, a fin de
establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración
previamente fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, y adjudicar, con el
límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible, aquellas que hayan
obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios. En este supuesto, la
propuesta de concesión se formulará al órgano concedente por un órgano instructor.
CVE:
BOP-2025-424
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de enero de 2025
N.º 0020
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