Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2025-339)
BOP-2025-339 Modificación del Reglamento Interno para el cuerpo de la Policía Local.
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Capítulo II. De las funciones.
Artículo 3. Funciones.
1. El Cuerpo de Policía Local de Moraleja deberá ejercer las siguientes funciones:
a) Policía Administrativa en relación al cumplimiento de, Ordenanzas, Bandos y demás
disposiciones municipales dentro del ámbito de sus competencias.
b) La ordenación, señalización y dirección del tráfico en el casco urbano de acuerdo con
lo establecido en las normas de circulación. En tal sentido le corresponderá:
El encauzamiento de la circulación rodada y peatonal, la vigilancia de los
estacionamientos públicos e intersecciones viales y los demás cometidos que
tiendan a dar fluidez y seguridad al tráfico.
La vigilancia del cumplimiento de las normas reguladoras del transporte.
La participación en la educación vial, prestando la colaboración precisa a los
organismos y centros que lo soliciten.
Para el desarrollo de las funciones de ordenación, regulación y señalización, la
Policía Local tendrá bajo su dependencia directa todos aquellos gabinetes y
departamentos técnicos que sean necesarios para optimizar la coordinación y
fluidez del tráfico en todas las vías urbanas.
c) Instruir atestados por accidentes de circulación y por infracciones penales contra la
seguridad del tráfico, que se produzcan dentro del casco urbano de Moraleja.
d) Velar por el cumplimiento de las disposiciones dictadas en materia de medio ambiente
y cooperar con cuantos organismos e instituciones tengan competencia en dicha
materia.
e) Proteger a las autoridades de la Corporación y dar custodia a sus miembros.
f) La vigilancia de los edificios, monumentos, parques y jardines y de todos los lugares y
bienes que constituyen el patrimonio municipal.
g) La cooperación en los actos de representación corporativa.
h) El ejercicio de Policía Judicial, prestando colaboración y auxilio a las Autoridades
judiciales en los términos que señale el ordenamiento jurídico. Participando en las
funciones de Policía Judicial de la forma establecida en el artículo 29.2 de la LOFCS.
CVE:
BOP-2025-339
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de enero de 2025
N.º 0017
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