Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Perales del Puerto. (BOP-2025-253)
BOP-2025-253 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa de prestación del servicio de ayuda a domicilio.
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antigüedad en la solicitud.
Artículo 19. EXTINCIÓN DEL SERVICIO.
La prestación del servicio se extinguirá, dando lugar a la baja definitiva del mismo, por las
siguientes causas:
a) A petición de la persona interesada.
b) Por desaparición y/o modificación de las circunstancias personales, familiares,
sociales, médicas y/o económicas que motivaron su concesión, considerándose como
tal modificación la concesión y disfrute por parte de la persona beneficiaria del servicio
de cualquiera de las prestaciones de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción
de la Autonomía Personal y Atención a las Personas con Dependencia, con las
excepciones que pudieran establecerse a criterio del personal técnico del Servicio Social
de Atención Social Básica.
c) Por fallecimiento del/a usuario/a.
d) Por traslado definitivo del/a usuario/a a otra localidad.
e) Por incumplimiento de los deberes como beneficiario/a del servicio.
f) Por imposibilidad material de prestarlo.
g) Por ingreso definitivo de la persona usuaria en un centro residencial.
h) Por ausencias reiteradas del domicilio, o superar los tiempos máximos establecidos
para la situación de baja provisional.
i) Por la ocultación o falseamiento de datos por parte del/a usuario/a o sus familiares.
Artículo 20. SUSPENSIÓN DEL SERVICIO.
Se establece la posibilidad de una suspensión o baja temporal en la prestación del servicio, a
petición de la persona usuaria, motivada por su ausencia del domicilio por un periodo máximo
de dos meses, si es de forma continuada, o de tres meses en un año natural cuando se
produzcan ausencias de forma interrumpida. Cuando se produzca el ingreso del/a usuario/a del
servicio en un centro hospitalario, no se considerará como suspensión.
CVE:
BOP-2025-253
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de enero de 2025
N.º 0013
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