Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Perales del Puerto. (BOP-2025-253)
BOP-2025-253 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa de prestación del servicio de ayuda a domicilio.
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Artículo 21. RENUNCIA.
Se entenderá que renuncian a la prestación del servicio aquellas personas que incumplan lo
previsto en la presente ordenanza, sin perjuicio de que las cantidades adeudadas puedan ser
hechas efectivas mediante el procedimiento de apremio.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Perales del Puerto, 14 de enero de 2025
Andrés Manzano Redondo
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-253
Verificable
en:
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Martes, 21 de enero de 2025
N.º 0013
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