Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Perales del Puerto. (BOP-2025-250)
BOP-2025-250 Aprobación definitiva del Plan General de concesión de Subvenciones.
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los/as beneficiarios/as.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de
seis meses. El vencimiento de este plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima
a los/as interesados/as para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de
concesión de la subvención.
La resolución del procedimiento se notificará a los/as interesados/as de acuerdo con lo previsto
en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. La práctica de dicha notificación o publicación se ajustará a
las disposiciones contenidas en los artículos 42, 43, 44 y 45 de la citada Ley.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los/as
interesados/as para entender desestimada la solicitud de la concesión por silencio
administrativo.
Tal y como establece el artículo 63.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las bases
podrán incluir una relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las
condiciones administrativas y técnicas establecidas en las bases reguladoras para adquirir la
condición de beneficiario, no hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito
fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en
función de los criterios de valoración previstos.
Si por alguno/a de los/as beneficiarios/as se renunciase a la subvención, el órgano concedente
acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al/a
solicitante o solicitantes siguientes a aquél en orden de su puntuación, siempre y cuando con la
renuncia por parte de alguno de los/as beneficiarios/as, se haya liberado crédito suficiente para
atender al menos una de las solicitudes. Esta opción se comunicará a los/as interesados/as
para que accedan a la propuesta de subvención en el plazo improrrogable de diez días. Una
vez aceptada la propuesta, el órgano administrativo dictará el acto de concesión y procederá a
su notificación en los términos establecidos en la Ley General de Subvenciones y en el
Reglamento de desarrollo.
E) Modificación de las subvenciones:
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, y en
todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras
Administraciones o Entes Públicas o Privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a
la modificación de la resolución de la concesión. Esta circunstancia se deberá hacer constar en
CVE:
BOP-2025-250
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de enero de 2025
N.º 0013
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