Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Perales del Puerto. (BOP-2025-249)
BOP-2025-249 Aprobación definitiva del Plan Estratégico de Subvenciones 2025 - 2027.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, supone un paso más en el
proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios
que rige la Ley es el de la transparencia que, junto con la gran variedad de instrumentos que se
articulan en la Ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y
eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.
En este sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará posible eliminar las
distorsiones e interferencias que pudieran afectar al mercado, además de facilitar la
complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas
evitando cualquier tipo de solapamiento.
Para mejorar la eficacia, se prevé en la Legislación que se proceda a elaborar un Plan
Estratégico de Subvenciones [instrumento de organización de las políticas públicas que tiene
como finalidad el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción
de una finalidad pública], de carácter plurianual y con carácter previo al nacimiento de las
subvenciones, con la finalidad de adecuar las necesidades a cubrir mediante las subvenciones
con los recursos disponibles; con carácter previo al nacimiento de la subvención.
Por ello, este Ayuntamiento aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones cuyo articulado
figura a continuación.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
ARTÍCULO 1.
El establecimiento de subvenciones por este Ayuntamiento durante el período 2025-2027 [3
años de vigencia desde su aprobación] se ajustará a lo previsto en el presente Plan.
ARTÍCULO 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión de
las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y la
aprobación de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión.
ARTÍCULO 3.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y
las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
CVE:
BOP-2025-249
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de enero de 2025
N.º 0013
Pág. 1324