Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Perales del Puerto. (BOP-2025-249)
BOP-2025-249 Aprobación definitiva del Plan Estratégico de Subvenciones 2025 - 2027.
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ARTÍCULO 4.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho
alguno en favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o
compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS/AS Y MATERIAS EN LAS QUE SE ESTABLECERÁN
SUBVENCIONES.
ARTÍCULO 5.
El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la
finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para
promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.
ARTÍCULO 6.
El Ayuntamiento establecerá anualmente subvenciones en las áreas de su competencia:
- Acción social: Fomento de la Natalidad y Conciliación. Fomento del Asociacionismo juvenil, de
mujeres o de mayores que promuevan la participación ciudadana.
- Educación y Cultura: Dotación de material escolar. Fomento del Asociacionismo cultural,
religioso y del sistema educativo.
- Deportes: Fomento del Asociacionismo de carácter deportivo, etc.
- Fomento económico: Fomento del asociacionismo de actividades económicas y profesionales
de la localidad, etc…
CAPÍTULO III. SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL.
ARTÍCULO 7.
En materia de acción social, el Ayuntamiento establecerá, durante el período de vigencia del
Plan, las siguientes líneas de subvención:
A) Fomento de la Natalidad y Conciliación:
a) Objetivos:
El Ayuntamiento de Perales del Puerto ha detectado que en los últimos años existe una
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BOP-2025-249
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de enero de 2025
N.º 0013
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