Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2025-222)
BOP-2025-222 Convenio de Adhesión al Consorcio MásMedio para la Gestión de Servicios Medioambientales suscrito con el Ayuntamiento de Barrado.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
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Artículo 5. Denominación del consorcio.
La entidad pública que se constituye se denominará “Consorcio para la Gestión de
Servicios Medioambientales de la Excma. Diputación de Cáceres, Medioambiente y
Aguas Provincia de Cáceres, MásMedio”.
Artículo 6. Domicilio social.
La sede de los órganos de gobierno, dirección y administración del consorcio será el
Edificio Julián Murillo situado en la Ronda San Francisco, 3 de Cáceres, considerándose
como domicilio legal a todos los efectos. No obstante, podrán celebrarse las sesiones en
cualquiera de las entidades consorciadas o en espacios de otra titularidad cedidos al efecto.
Asimismo, el cambio de la sede del consorcio requerirá acuerdo de la Junta General.
Artículo 7. Presupuesto y personal.
1.- El consorcio, aprobará, simultáneamente con el presupuesto anual, la plantilla de
personal y relación de puestos de trabajo, de conformidad con la normativa vigente.
Atendiendo al objeto enunciado en el artículo 3 de estos estatutos y la fecha de
constitución del consorcio, se podrá disponer la adscripción de efectivos de las distintas
entidades consorciadas, así como del ente matriz, todo ello de acuerdo con la normativa
de aplicación.
Excepcionalmente, cuando no resulte posible contar con personal procedente de las
Administraciones participantes en el consorcio en atención a la singularidad de las
funciones a desempeñar, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, u
órganos competentes de la Administración a la que se adscriba el consorcio, podrá
autorizar la contratación directa de personal por parte del consorcio para el ejercicio de
dichas funciones.
2.- El consorcio estará sujeto al régimen de presupuestación, contabilidad y control de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres, debiendo el presupuesto de este consorcio
integrarse en el presupuesto del referido ente matriz y en la cuenta general.
Artículo 8. Aportaciones.
1.- Se podrá requerir a las entidades integradas al consorcio una cuota de participación
que será fijada anualmente por la Junta General, con efectos 1 de enero al 31 de diciembre,
de cada ejercicio.
Asimismo, podrán establecerse cuotas variables por la prestación de servicios cuyo coste
no esté incluido en la cuota de participación.
CVE:
BOP-2025-222
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de enero de 2025
N.º 0012
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