Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2025-198)
BOP-2025-198 Convocatoria y bases para la provisión de una plaza de Técnico/a en Explotación Informática y una plaza de Técnico/a de Sistemas, por promoción interna y concurso oposición.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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a) Original o copia del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en
vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges,
o sus descendientes o los descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miem-
bros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades com-
petentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o
del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado de dere-
cho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su
cargo.
c) Original o copia del título exigido en las presentes Bases, o certificación académica que acredite
haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo. En el
caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de
su homologación o convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatu-
tarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el
desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala,
clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de
otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni
haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos, el acceso a la función pública.
e) Documentación original acreditativa de los restantes requisitos exigidos en la base segunda.
f) Documentación original acreditativa de los méritos valorados por el Tribunal de la fase de con-
curso.
10.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de la misma
se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas o hubieran incurrido
en falsedad en relación con los mismos, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, ni per-
sonal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
UNDÉCIMA. - Bolsa de trabajo temporal.
Por la propia configuración del presente procedimiento, no procederá la constitución de bolsas de
trabajo.
DUODÉCIMA. - Protección de datos.
12.1 Por el solo hecho de su participación en el proceso selectivo, los aspirantes prestan su con-
sentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos sean incorporados al fichero
automatizado «Pruebas Selectivas y Bolsas de Trabajo» (descrito en la Resolución de 28/05/2007,
publicada en el BOP nº 110 de 8 de junio de 2007), una de cuyas finalidades es la gestión de los
procesos de selección de los candidatos que pretendan acceder a plazas vacantes, pudiendo ser
utilizados asimismo dichos datos por el Área de Personal para gestionar la Bolsa de Trabajo Tem-
poral (dicha Bolsa se hará pública), salvo que los aspirantes indiquen expresamente no querer que
dicha información se utilice a tales efectos.
CVE:
BOP-2025-198
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de enero de 2025
N.º 0011
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a) Original o copia del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en
vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges,
o sus descendientes o los descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miem-
bros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades com-
petentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o
del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado de dere-
cho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su
cargo.
c) Original o copia del título exigido en las presentes Bases, o certificación académica que acredite
haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo. En el
caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de
su homologación o convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatu-
tarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el
desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala,
clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de
otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni
haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos, el acceso a la función pública.
e) Documentación original acreditativa de los restantes requisitos exigidos en la base segunda.
f) Documentación original acreditativa de los méritos valorados por el Tribunal de la fase de con-
curso.
10.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de la misma
se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas o hubieran incurrido
en falsedad en relación con los mismos, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, ni per-
sonal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
UNDÉCIMA. - Bolsa de trabajo temporal.
Por la propia configuración del presente procedimiento, no procederá la constitución de bolsas de
trabajo.
DUODÉCIMA. - Protección de datos.
12.1 Por el solo hecho de su participación en el proceso selectivo, los aspirantes prestan su con-
sentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos sean incorporados al fichero
automatizado «Pruebas Selectivas y Bolsas de Trabajo» (descrito en la Resolución de 28/05/2007,
publicada en el BOP nº 110 de 8 de junio de 2007), una de cuyas finalidades es la gestión de los
procesos de selección de los candidatos que pretendan acceder a plazas vacantes, pudiendo ser
utilizados asimismo dichos datos por el Área de Personal para gestionar la Bolsa de Trabajo Tem-
poral (dicha Bolsa se hará pública), salvo que los aspirantes indiquen expresamente no querer que
dicha información se utilice a tales efectos.
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de enero de 2025
N.º 0011
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