Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2025-198)
BOP-2025-198 Convocatoria y bases para la provisión de una plaza de Técnico/a en Explotación Informática y una plaza de Técnico/a de Sistemas, por promoción interna y concurso oposición.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
13
12.2 La Excma. Diputación Provincial de Cáceres, como responsable del fichero mencionado, ga-
rantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y así, de
acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y ga-
rantía de los derechos digitales, el aspirante en el presente procedimiento de selección queda infor-
mado y presta su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados.
El opositor podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de acceso, recti-
ficación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito dirigido al
Área de Recursos Humanos de esta Institución Provincial, sita en plaza de Santa María, s/n. 10071-
Cáceres. Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que el aspirante ha auto-
rizado la utilización de sus datos, éstos podrán ser comunicados a terceros y en su caso publicados,
con la única finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
DÉCIMO TERCERA. -Incidencias.
13.1.- La presente convocatoria, en sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la
misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y
en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Co-
mún de las Administraciones Públicas.
13.2 El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar reso-
luciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición en aquellos
aspectos no previstos en estas bases.
Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación: Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Em-
pleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, la Ley 7/1985,
de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de
18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia
de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas
básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcio-
narios de Administración Local; el Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el
Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Au-
tónoma de Extremadura; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Re-
glamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Admi-
nistración General del Estado; y demás normas concordantes de general aplicación.
DECIMOCUARTA. -Recursos.
El presente acto es definitivo en vía administrativa y frente al mismo cabe interponer, en el plazo de
dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Cáceres o, con carácter potestativo, en los términos
comprendidos en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, recurso de reposición ante esta
Presidencia, en el plazo de un mes; todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que
se estime oportuno.
CVE:
BOP-2025-198
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de enero de 2025
N.º 0011
Pág. 1030
12.2 La Excma. Diputación Provincial de Cáceres, como responsable del fichero mencionado, ga-
rantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y así, de
acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y ga-
rantía de los derechos digitales, el aspirante en el presente procedimiento de selección queda infor-
mado y presta su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados.
El opositor podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de acceso, recti-
ficación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito dirigido al
Área de Recursos Humanos de esta Institución Provincial, sita en plaza de Santa María, s/n. 10071-
Cáceres. Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que el aspirante ha auto-
rizado la utilización de sus datos, éstos podrán ser comunicados a terceros y en su caso publicados,
con la única finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
DÉCIMO TERCERA. -Incidencias.
13.1.- La presente convocatoria, en sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la
misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y
en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Co-
mún de las Administraciones Públicas.
13.2 El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar reso-
luciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición en aquellos
aspectos no previstos en estas bases.
Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación: Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Em-
pleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, la Ley 7/1985,
de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de
18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia
de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas
básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcio-
narios de Administración Local; el Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el
Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Au-
tónoma de Extremadura; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Re-
glamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Admi-
nistración General del Estado; y demás normas concordantes de general aplicación.
DECIMOCUARTA. -Recursos.
El presente acto es definitivo en vía administrativa y frente al mismo cabe interponer, en el plazo de
dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Cáceres o, con carácter potestativo, en los términos
comprendidos en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, recurso de reposición ante esta
Presidencia, en el plazo de un mes; todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que
se estime oportuno.
CVE:
BOP-2025-198
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de enero de 2025
N.º 0011
Pág. 1030