Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-176)
BOP-2025-176 Bases para la Convocatoria de Pruebas Selectivas para la cobertura del puesto de trabajo de Director/a de la Oficina de Desarrollo Urbano y Ciudad Histórica, reservado a Personal Directivo.
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a los criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión y control de
resultados en relación con los objetivos que se le fijen.
7.2. La persona candidata será nombrada y cesada libremente por el Ilmo. Sr. Alcalde
Presidente y su nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
7.3. El/la aspirante seleccionado/a será nombrado/a personal directivo profesional y
sujeto a una relación laboral especial de alta dirección, por tiempo indefinido. Se regirá
por las cláusulas establecidas en el contrato y por lo dispuesto en el Real Decreto
1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del
personal de alta dirección, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la
Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura y demás normativa que
le resulte de aplicación.
El cese del personal directivo se producirá por cualquiera de las causas previstas en el
apartado 5º del artículo 22 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura.
OCTAVA. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
8.1 La persona seleccionada deberá aportar los siguientes documentos acreditativos
de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) La comprobación o constancia de los datos de identidad se realizará de oficio por
el órgano técnico de valoración, salvo que la persona interesada se opusiera a ello
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
cuyo caso, deberá presentar copia compulsada o mediante código seguro de
verificación del documento acreditativo de identidad.
b) Título, fotocopia debidamente compulsada de la titulación académica exigida o
certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios
completos correspondientes, así como abonados los derechos para la expedición
de dicho título.
c) Declaración responsable indicando no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio en ninguna Administración Pública, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
d) Certificado médico acreditativo de la capacidad funcional necesaria para el
desempeño del puesto asignado. Este certificado deberá expedirse por el
facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda a la
persona interesada, y en caso de que no esté acogido a cualquier régimen de la
Seguridad Social se expedirá por los Servicios Provinciales del Ministerio de
Sanidad o de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
CVE:
BOP-2025-176
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de enero de 2025
N.º 0010
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a los criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión y control de
resultados en relación con los objetivos que se le fijen.
7.2. La persona candidata será nombrada y cesada libremente por el Ilmo. Sr. Alcalde
Presidente y su nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
7.3. El/la aspirante seleccionado/a será nombrado/a personal directivo profesional y
sujeto a una relación laboral especial de alta dirección, por tiempo indefinido. Se regirá
por las cláusulas establecidas en el contrato y por lo dispuesto en el Real Decreto
1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del
personal de alta dirección, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la
Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura y demás normativa que
le resulte de aplicación.
El cese del personal directivo se producirá por cualquiera de las causas previstas en el
apartado 5º del artículo 22 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura.
OCTAVA. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
8.1 La persona seleccionada deberá aportar los siguientes documentos acreditativos
de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) La comprobación o constancia de los datos de identidad se realizará de oficio por
el órgano técnico de valoración, salvo que la persona interesada se opusiera a ello
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
cuyo caso, deberá presentar copia compulsada o mediante código seguro de
verificación del documento acreditativo de identidad.
b) Título, fotocopia debidamente compulsada de la titulación académica exigida o
certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios
completos correspondientes, así como abonados los derechos para la expedición
de dicho título.
c) Declaración responsable indicando no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio en ninguna Administración Pública, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
d) Certificado médico acreditativo de la capacidad funcional necesaria para el
desempeño del puesto asignado. Este certificado deberá expedirse por el
facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda a la
persona interesada, y en caso de que no esté acogido a cualquier régimen de la
Seguridad Social se expedirá por los Servicios Provinciales del Ministerio de
Sanidad o de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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